Renovación 3a tarjeta o NIE

Mi tarjeta se vence el 20/02/10 (esta ya seria para optar por la 3a tarjeta), ¿con cuánto tiempo de antelación puedo pedir cita? Que requisitos debo presentar y donde (previamente el tramite me lo hacia siempre un abogado, por eso lo desconozco). Por otro lado, tendré algún problema por haber estado más de 1 ano de paro, aunque me di de alta en JUnio 2008 que fue cuando quede sin empleo, pero en Noviembre deje de cobrarlo porque solo duraba 4 meses. El 1 de Agosto he obtenido un nuevo empleo por tiempo indefinido.
Otra cosa, si quisiera hacerme autónomo, ¿con la actual tarjeta debo volver a hacer el tramite para obtener una nueva que diga autónomo?, ¿Esto traería alguna implicación o problema para la 3a (considerando que estoy ya muy cerca de su caducidad? ¿Con la 3a tarjeta ya puedo ser autónomo? Actualmente estoy por presentar mis papeles por la nacionalidad española y evitarme estos tramites.

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He leído en la otra pregunta que había errado en lo de la renovación de la tarjeta. Lástima pues la cosa cambia bastante. Aun así, vamos a explicarle como debe actuar.
Toda tarjeta de residencia y trabajo que deba ser renovada la administración fija unos plazos para solicitar y tramitar la renovación. En concreto estamos hablando de 60 días previos a la fecha de caducidad y hasta tres meses después (en este segundo caso podría imponérsele una sanción económica). Los plazos están para cumplirlos y no se puede solicitar ni antes ni después de esos plazos. Sería motivo de denegación. Por tanto,
En su caso, el inicio del plazo para renovar sería a partir de unos días antes de las navidades del 2009. Los cálculos habría que hacerlos bien para poder mirar los días festivos que no son hábiles. Pero cuente que aproximadamente a partir del 20 de diciembre ya se podría solicitar.
La administración le va a exigir que cumpla unos requisitos a nivel de periodos de actividad, cotización a la seguridad social, salidas del territorio nacional, contrato de trabajo,...
El régimen general exige que se hayan cotizado al menos 6 meses por año de vigencia de la tarjeta (su tarjeta ha tenido una validez de dos años, por tanto debe haber cotizado, al menos, 6 meses el primer año y 6 meses el segundo). En su caso, veo que ha estado trabajando desde el 20 de febrero de 2008 hasta el 1 de junio de 2008. Estamos hablando de tres meses y 10 días aproximadamente en su primer año. Respecto al segundo año, entiendo que el 1 de agosto ha iniciado a trabajar y si lo mantuviese hasta la renovación estaríamos hablando de 5 meses y algunos días de febrero 2010 en su segundo año. Por tanto no cumple los requisitos de cotización activa. Aún así, existe un régimen especial que permite la renovación habiendo cotizado al menos 3 meses por año siempre y cuando (además) se cumplan estos requisitos:
- Deberá aportar un contrato de trabajo,
- Deberá acreditar que cuando perdió el trabajo fue por causas ajenas a su voluntad (es decir, que no fue una baja voluntaria),
- Deberá acreditar que ha participado activamente en la búsqueda de empleo, participando en cursos, programas de inserción socio laboral promovidos por el servicio publico de empleo.
Por tanto, es de vital importancia que no pierda este nuevo trabajo para al menos cotizar 3 meses y que pueda cumplir los requisitos que le he escrito antes.
Respecto a la pregunta sobre hacerse autónomo, habría que cambiar su permiso de residencia cuenta ajena por uno de cuenta propia, y creame que es mucho más complicado conseguir este permiso pues le van a requerir mucha más documentación y justificar que dispone de dinero suficiente para hacer frente a la inversión necesaria para iniciar la actividad y para el tiempo que dure la vigencia del permiso.
Hola, mil gracias por tu respuesta.
Me ha agobiado un poco el tema de los 6 meses del ano pasado, ¿es qué acaso no se toma en cuenta los meses que cobre el paro y cotice?
Te cuento, el ano pasado cobre 4 meses de paro + 1 mes que tuve de un contrato temporal en diciembre. Este ano si que he estado dada de alta desde el 1 de Agosto, con lo que apenas he cotizado 1 mes.
Ahora bien, si me doy de alta como autónomo (pero para mantener ambas a la vez, no solo como régimen de autónomo, ¿puede ser contraproducente de alguna manera para mi nueva renovación?
Para tramitar mi nacionalidad española, ¿afecta de alguna manera que unicamente este cotizando este ano desde el 1 de Agosto? Es que estoy por entregar los documentos y solo estoy esperando mi contrato de trabajo y la vida laboral para esto.
Saludos y gracias de antemano
El Real Decreto al regular el procedimiento de renovación de las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena, en su artículo 54 habla textualmente de "... realización habitual de la actividad para la que se concedió..." y también "... periodo de actividad de al menos 3 meses...". Hablando con propiedad el desempleo no se puede considerar como periodo de actividad, aunque se cotice a la seguridad social. Otra cosa es que al solicitar la renovación se intente "colar" ese periodo de desempleo como actividad cotizada. La aceptación de ello dependerá del funcionario que le toque. Pero en su caso, una vez haya cotizado al menos tres meses por año de vigencia de su permiso de residencia y trabajo y cumpla los otros requisitos, no tendrá problemas para renovar.
Respecto a pasarse a autónomo, lease lo que le escribí al respecto en mi respuesta anterior. Su autorización es como trabajador por cuenta AJENA, y para pasar a ser autónomo (trabajador por cuenta propia) hay que solicitar el cambio de permiso de residencia y trabajo.
Una alternativa sería buscar empleo como empleado/a del servicio doméstico discontinuo. La ventaja aquí es que es el/la trabajador/a quien paga la cotización a la seguridad social (unos 160 euros mes). Necesitaría darse de alta en la Tesorería de la Seguridad social dentro del régimen especial de los trabajadores del servicio doméstico discontinuo.
Respecto al tema de la nacionalidad, cuando realice su solicitud deberá adjuntar una serie de documentos entre los que se encuentran aquellos que acreditan sus medios de vida. En concreto los que acreditan sus medios de vida consistirían en:
- Trabajador por cuenta ajena: las tres últimas nominas, contrato de trabajo en vigor, declaración de la renta, vida laboral, etc.
- Trabajador por cuenta propia: documentación del alta en la actividad económica en Hacienda (modelo 036), declaración de la renta, vida laboral, etc.
- Si se está percibiendo una prestación contributiva de la Seguridad Social: certificado de Organismo correspondiente, por ejemplo: prestación por desempleo, subsidio de maternidad, etc.).
Yo considero que lo importante es que el contrato de trabajo esté en vigor, presentar la documentación suficiente y necesaria es vital. Lo importante es demostrar que se disponen de medios de vida suficientes para conseguir la nacionalidad. Si usted ha vivido en España todo este tiempo y ha conseguido renovar sus autorizaciones de trabajo es porque ha trabajado y ha cumplido con los requisitos establecidos para la renovación. En lo que respecta a la nacionalidad, limítese a cumplir los requisitos que dicta la norma reguladora y no tendrá ningún problema. Ahora bien, el proceso de concesión de la nacionalidad es un proceso largo que lleva aproximadamente dos años desde que se inicia el expediente. Con lo cual, paciencia y siga adelante.
Gracias por la respuesta. En lo que respecta a hacerme autónomo, simplemente lo evaluaba porque tengo una propuesta de trabajo interesante pero debo ser autónomo para esto, pero si es muy complicado pues me quedo como estoy, pensé que podía mantener ambos status y simplemente requería de una autorización para trabajar por cuenta ajena y darme de alta como tal.
Ahora bien mi inquietud por el tema de la nacionalidad es porque estoy a punto de presentar los papeles y no quería que el hecho de tener solo 1 mes cotizando este ano representara un problema para otorgar la misma. A excepción de este periodo de inactividad si he estado trabajando continuamente y previo a esto fui estudiante. ¿Me sugieres que lo presente de una vez o espere un tiempo?
Saludos
Respecto al tema de la nacionalidad lo importante es cumplir los requisitos que dicta la ley y presentar todos y cada uno de los documentos que se requieren para el expediente.
Si cumple los requisitos y tiene todos los documentos ¿por qué esperar más?
Le recuerdo que habrá pedido documentación de su país de origen que tendrá una fecha de caducidad. Hay documentos que caducan. Además habrá gastado no poco dinero en solicitarlo, legalizarlo y su transporte hasta españa. Por tanto, no se demore a ver si algún documento le va a caducar.

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