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Se llama del uno para el otro, pero no es así, habrá nombrado herederos a los hijos y usufructuaria a la viuda.
Teneis antes de que pasen 6 meses,
1.- Con la certificación de defunción, solicitar las ultimas voluntades (estanco)
2.- Hacer un inventario de los bienes de tu padre (ojo, que los bienes del matrimonio solo son el 50%) e ir a un Notario y explicarle cuales son los bienes y como quereis repartirlos. Lo hará en una escritura de aceptación de herencia.
3.- Liquidar del impuesto de sucesiones
4.- Si tu padre dejó algún bien inmueble, ir al Regfistro de la Propiedad para el cambio de titular registral
5.- Ir a los bancos para que os den el dinero de vuestro padre.
Normalmente los abogados hacemos estas cosas, o una gestoría (te recomiendo más un abogado) y no os veis en muchos jaleos ventanillas y gestiones que os harán perder tiempo.
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