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ancho de caminos

Experto:
Usuario:
Fecha: 25/12/2008
Valoración: Categoría: Derecho
06/12/2008
corsariomar, usuario preguntando en Derecho
Usuario
si un camino posee un ancho de por ejemplo 4 metros durante 28 años aproximadamente, y ahora un vecino lo quiere acotar a tres metros de ancho, eso es legal?
06/12/2008
corsariomar, experto respondiendo en Derecho
Experto
Hola, creo que deberias especificar un poco mas tu pregunta porque da lugar a que existan varias posibilidades:
primero, un camino debe entrenderse como un area publica de dominio comun, en ese caso nadei mas que el estado puede variar el trazo ancho, etc
si hablas de un camino medianero o privado efectivamente el tiempo que ha pasado puede ayudarte respecto a la prescripcion,
hay que ver tambien que tipo de camino es, a que area pertenece, si es un area privada o publica y finalmente que documentos y titulos lo sustentan. en estricto el vecino puede modificar todo lo que por derecho le coreesponde entonces cabe solicitar que alcares la naturaleza de ese camino y su estado juridico(propiedad, ejecucion de obra, etc)
 
GRACIAS
06/12/2008
corsariomar, usuario preguntando en Derecho
Usuario
segun el catastro figura como camino de dominio publico. ese camino lo creo hace 30 años el dueño de la finca matriz para dar paso a las fincas que segrego, el dueño ya fallecio y en mi escritura pone que linda con camino particular de entrada, ese camino muere en mi finca y el vecino llindero lo quiere estrechar para que su vaya no este cerca de la casa que la tiene junto al camino.
gracias
09/12/2008
corsariomar, experto respondiendo en Derecho
Experto
Si figura de esa forma en catastro no hya vuelta que darle nadie mas que el estado mediante el municiipio o la ejecucon de una obra pueden modificar ese trazado, cuaquier otro particular que haga esosera suceptible a multas e incluso procesos por usurpar bienes comunes ahora bien si es un camino particular o no variaria el hecjp si no se tratase de un camino inscrito en catastro(inventario de los bienes del estado-publicos) ya que este esta reconocido como un area de dominio publico por lo que corrsponde la accion por la autoridad para regresar el camino al estado anterior poner las multas, medidas correctivas, etc
19/12/2008
corsariomar, usuario preguntando en Derecho
Usuario
vale muchas gracias me has sido de utilidad y lo del atastro esta claro, gracias. Ahora tengo otra pregunta por si puedes ayudarme:   en una finca, existe un usufructuario, el cual realiza una escritura de obra nueva (para incluir la vivienda existente en escritura del terreno), y los propietarios firman tal escritura pero a los meses dicho usufructuario solicita a un propietario (heredero) que le pague la parte proporcional de esos gastos. eso es legal. nunca se había hablado nada de tener que pagar ese propietario esa parte proporcional.sino no hubiera firmado.son coacciones??? gracias de antemano.
23/12/2008
corsariomar, experto respondiendo en Derecho
Experto
El propietario debe paar todo aquello en cuanto se beneficia.
si bien las obras nuevas por lo general deben tener autorización, al haber firmado los dueños practicamente es una señal de aceptación por lo que están obligados a pagar lo que el usufructuario ha realizado en el bien. de noexisitr aceptación podrían solicitar el retiro a cuenta del poosedor de lo edificado o agregado.
24/12/2008
corsariomar, usuario preguntando en Derecho
Usuario
muchas gracias, tengo una pregunta por este tema complejo que estoy soportando. mi vecino colindante, el camino en cuestion de antes, pasa junto a su parcela y acaba en mi propiedad, y dice que ese camino es de su propiedad y que por alli ya no puedo pasar, y por eso me han soldado mi puerta metalica para que no acceda por ese camino a mi propiedad, es decir mi puerta y no puedo ni abrirla ni nada, que delito seria???yo tengo otro acceso a mi parcela pero ese camino es de dominio publico pero deseo seguir pasando por alli como derecho que tengo.
24/12/2008
corsariomar, experto respondiendo en Derecho
Experto
Si el camino está inscrit cmo de dominio comun es evidente que nadie puede impedirte el paso, si sueldan una puerta que es tuya deben reponer las cosas al estado anterior de la violacion medinate orden judicial por lo que debes ir con tu abogado donde el juez indicado(de acuerdo al ligar, monto a solicitar, etc) y solicitar que reparen o cambien la pueerta mas una suma por daños y perjuicios. Delito respecto a que existe un destrozo o violación de propiedad ajena(tu puerta) pero ten en cuenta que, uno es el aspecto civil(en el que solicitas la reparacion civil y que regresen la puerta a su estado anterior) y otro el aspecto penal en el que denuncias un delito y se va a penar con multa o carcel(que es para cosas mas graves) ambos se ven en cedes diferentes( juzgado civil y juzgado penal) no obsnate esto, en cede civil si es que se encuentra un delito puedes llevar paralelamente el aspecto civil. Todo esto debe verlo tu abogado puntualmente con todos los datos necesarios (lugar, escrituras de los terrenos, condicion de la puerta soldada, codigo penal y civil validos para tu caso, etc etc. información que es un poco exagerada para compartirla por este medio. El derehco en este caso es tan casuisitico que incluso un acuerdo antiguo o una ley especifica pueden variar el resultado o en todo caso la forma en que se debe proceder para proteger tus intereses. No obsnate esto, segun lo que me cuentas, esa puerta te pertecene o sea que nadie tiene derecho a tocarla  por otro lado el caminoe ste es un camino inscrito de domino comun por lo que nadie puede privarte de usarlo(no exclusivamente)
GRACIAS
25/12/2008
corsariomar, usuario preguntando en Derecho
Usuario
gracias por tu ayuda, aunque lamentablemente creo que tengre que preguntarte algo mas. pero de todas formas muchas gracias.
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