¿Cuál es el plazo para la comunicación de la citación a un juicio inmediato de faltas por hurto?

Me pillaron a principios de Noviembre con una prenda en la mano por valor de 8 euros, es la primera vez en mi vida, fue una mezcla de distracción e inconsciencia, supongo que fruto de la época que nos ha tocado vivir a algunos.. Aunque desde el principio pienso que no hay excusas en estos comportamientos. En todo momento me ofrecí a pagar, pero ellos hicieron como que no me escuchaban.
El caso es que hoy 29 de diciembre de 2011 me ha llegado la citación para un JUICIO DE FALTAS INMEDIATO, desde un JUZGADO DE INSTRUCCIÓN, en la que denuncia el pobre guarda jurado, no el centro comercial, tres días después de que se produjera, el cual será en Marzo.
¿Estos juicios no tienen un plazo de celebración y notificación? ¿Se puede anular?
En la denuncia dice cosas como "la joven salía corriendo por la salida sin compra hacia afuera", esto no es verdad, ya que el guarda me cogió justo al salir de la caja donde estaba pagando, tengo el ticket donde figura la hora (igual a la denuncia), ¿se puede anular esta declaración que no es fiel a la realidad?
Yo por mi parte, creo que hay pocas cosas en mi vida de la que esté tan arrepentida, solo por un capricho y el ahorro de unos euros en estos tiempos de crisis y paro..

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Desconozco quien le habrá asesorado sobre el plazo de celebración de un juicio, pero creo que esa persona carece de los más mínimos conocimientos para generarle ese tipo de duda. Los juicios -sean de la jurisdicción que fueren-, se celebran conforme establece la Ley de Enjuiciamiento Civil, por orden de llegada y reparto, preva la instrucción de las preceptivas actuaciones judiciales. Usted no puede anular nada. Si no está conforme con la dilación que el proceso tenga, una vez se dicte sentencia, podrá instar un procedimiento en vía administrativa y posteriormente en la judicial para exigir responsabilidades si es que así ha ocurrido, pero también puede ser condena a las costas procesales, si la petición es manifiestamente infundada o ausente de materia jurídica para ello.
Le aconsejo que acuda el juicio con un Abogado para que defienda sus intereses, no sea que por su desconocimiento jurídico, intente hacerlo usted en solitario y salga peor parado todavía.
Ruego cierre y valore

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