Multa en vado permanente

Debajo de mi casa tengo un servicio técnico de una marca de herramientas y sólo es tienda, me refiero a que no pueden introducir ningún vehículo y tienen un vado permanente. Mi duda viene porque, lógicamente, la tienda tiene un horario de apertura y la pasada semana aparque mi coche en dicho vado en horario de cierre de la tienda, el caso es que el coche que tenía detrás llamo a la policía porque, según me comentaron, no podía salir por culpa de mi coche y de una furgoneta que estaba detrás de él, también en un vado permanente de un garaje. El tema es que el señor del coche llama a la policía, y seguidamente y golpeando mi coche y la furgoneta sale del sitio. Al cabo de un rato llega el policía, el denunciante ya no está y ve que mi vehículo esta aparcado en un vado permanente y me multa con 200 euros, a la furgoneta no le puso la multa, supongo que no se dio cuenta de que estaba en un vado permanente, pero bueno, ese es otro asunto. Mi dudas son dos: la primera es si esa tienda puede tener vado permanente ya que no puede introducir ningún vehículo y sólo es para reservar sitio para el propietario, y la segunda es si el policía obró bien multandome, ya que, aunque haya un vado permanente, tiene un horario laboral. Muchas gracias.
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El vado permanente se concede para la salida y entrada de vehículos, si tiene constancia de que en ese local no se usa el vado para esto puede denunciarlo en el Ayuntamiento a fin de que le anulen ese vado
En cuanto a la segunda pregunta y que está relacionada con la primera, si se trata de un vado permanente, este es obligatorio las 24 horas del día, pues su finalidad no es mantener libre la puerta del comercio ese sino la entrada y salida de vehículos, por tanto el agente si ve que hay un vehículo aparcado en un vado permanente debe sancionar
El intentar que le quiten la multa con el argumento de que en ese vado no entran ni salen vehículos no es sencillo, y en todo caso probablemente deberá acudir a la vía judicial pues el Ayuntamiento puede que no estime sus alegaciones en este sentido
Debe sopesar si pagar con el descuento del pronto pago (100 euros) o alegar con el peligro de que el Ayuntamiento no admita sus alegaciones y recursos y deba acudir a vía judicial por 200 euros

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