Multa por exceso de velocidad

Hoy he recibido la petición de datos para identificar al conductor por circular a 139 km/h en zona limitada en Valencia a 100 km/h. Me envían la foto y el certificado de verificación del radar. Tengo 2 dudas:
-Yo tengo el carnet limitado a 100 km/h por problemas de vista. ¿Afecta en algo a la sanción, o en este caso al ser zona limitada a esa velocidad la sanción es como para un conductor "normal"?
-¿Sanción qué propondrán? En la velocidad de 139 km/h ¿ya está descontado el % de error del radar o eso lo tienen en cuenta a la hora de proponer la sanción?

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El código 05 nacional o 105 comunitario, limita ciertos aspectos en la conducción de vahículos, como la velocidad máxima, sin remolque, sin pasajeros, etc. El incumplimiento de estas restricciones supone una infracción grave(300 Euros), puede conllevar la suspensión de la licencia administrativa para conducir de 1 a 3 meses y la detracción de 2 puntos del crédito de éste, por el exceso de velocidad.
Ante este panorama, te recomiendo que no identifiques al conductor, si ese eres tú, dado que el incumplimiento de esta obligación comporta una sanción de entre 301 y 1500 Euros, aunque normalmente imponen el doble del importe normal de la denuncia por el exceso de velocidad, que en este caso en concreto es de 140 Euros, por lo que la sanción podría quedarse en 301 Euros, no perderías ningún punto, ni tendrías probabilidad de suspensión del permiso de conducir.
Espero haberte aclarado tus dudas, si no es así no dudes en volver a consultarme, un saludo y no olvides valorar y cerrar la respuesta para poder formular otras.
Txema
Muchas gracias por tu rápida respuesta Txema, me has asustado con lo de la suspensión, y sigo teniendo dudas. Porque habiendo incumplido únicamente la limitación de velocidad aunque venga impuesta por carnet ¿no se aplicaría el anexo sobre sanciones por exceso de velocidad teniendo en cuenta la limitación de 100 km/h, como caso similar a los conductores noveles que el exceso cuenta a partir de 80 km/h sea la que sea la limitación de velocidad por señales?
Si me lo puedes aclarar te lo agradezco, porque si el tema está entre:
-98 euros (140- 30%) y 2 puntos
-210 euros (301 - 30 %) + 0 puntos si se aplica también el 30% que no estoy seguro y la cantidad de 301 ¿tampoco es segura, verdad? Aunque suelen multar por no identificar con el doble de la multa por exceso
prefiero la primera opción, siempre que no haya suspensión del carnet ni otras consecuencias.
Perdón por el rollo que te he soltado, pero no me gustaría identificarme o no identificarme sin estar seguro de las consecuencias. Gracias de nuevo por tu ayuda
Creo que no me has entendido bien, incumplir las restricciones impuestas en el Permiso de Conducir constituye ya de por sí una infracción grave sancionada con 300 Euros.
La referencia a la sanción de 140 Euros y 2 puntos es solo para las sanciones por exceso de velocidad y siempre en caso de no incumplir las restricciones del Permiso de Conducir.
El "tema" es el siguiente:
- 300 Euros -30%=(210E), - 2 puntos y probable suspensión de 1 a 3 meses del P.C..
- 301 Euros -30%=(210E) y 0 puntos.

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