¿Sanción por exceso de velocidad?

Me han pillao a 110 con una señal de 60. En la notificación no me pone la sanción, solo que identifique al conductor. ¿Qué debo hacer? ¿Qué sanción tiene? Importante ¿tiene retirada de carnet?
Gracias de antemano.

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Los titulares de los vehículos tienen la obligación de identificar al conductor del vehículo en el momento de la infracción. ¿El incumplimiento de esta obligación está sancionado como infracción muy grave y con multa de 301 a 1500? (¿En el caso de la infracción que te comunican podría llegar a 602?). Hasta aquí lo que dice la ley sobre la falta de identificación del conductor.
Sobre la infracción, en sí, del exceso de velocidad, que supone rebasar en un 50% la velocidad límite siendo esta de al menos 30kms/ o más, ¿la rebasastes ampliamente y está sancionada con 380?, 6 puntos de carnet y la suspensión de 1 mes del permiso de conducir.
No identificar al conductor solo conllevaría la multa(¿en el peor de los casos 602?) Y no perderías los puntos ni el carnet durante un mes(¿Solo el curso para recuperar 4 puntos tiene un importe de 180?). El importe de las multas puede ser fraccionado previa solicitud en Tráfico y aportando justificante bancario de tu cuenta en este, donde domiciliarán los plazos correspondientes.
Tú debes valorar la opción que quieres tomar.
Txema
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