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Multa por no Identificar al Conductor

Experto:
Usuario:
Fecha: 04/11/2009
Valoración: (4,00 sobre 5) Categoría: Derechos y deberes
04/11/2009
xistral22, usuario preguntando en Derechos y deberes
Usuario
Hola Txema:
Resulta que he recibido la notificación de una multa por no identificación del conductor de mi vehículo, responsable de una infracción detectada por un radar fijo.
Esta ha sido la primera notificación que recibo. Las dos anteriores (las que solicitaban la identificación) Correos las devolvió dando como ausente al destinatário. Aunque, que yo sepa, no dejaron ningún aviso en mi domicilio.
A la infracción le corresponde una multa de 140 euros y conlleva, al parecer, la pérdida de 2 puntos.
Ahora tengo, en principio, 3 opciones:
1. Pago esta sanción sin alegar......217 euros, pero conservo los puntos.
2. Las telefonistas de la DGT me sugirieron que podía alegar desconocimiento de las notificaciones previas y pedir un nuevo envío de la solicitud de identificación. Esto significaría, si no recurriese la multa, tener que pagar.... 98 euros y la pérdida de 2 puntos. Además de bastante tiempo pendiente de los diversos trámites y avisos.
3. Y por último también podría hacer un escrito de alegaciones que ví publicado en varios lugares en el que se argumenta que la disposición por la cual se me multa va contra los Principios Generales del Derecho y el Ordenamiento Jurídico Superior entre ellos la propia Constitución Española. De esta manera pueden suceder dos cosas: Me libro completamente de la multa y conservo los puntos, o bien, después de determinados trámites tendré que acabar pagando los 310 euros de esta infracción pero conservando los puntos, eso sí.
La verdad es que si hubiese recibido el primer o el segundo aviso habría optado seguramente por la opción 2. Pero dado que no hicieron bien algo, me llego la multa de 310 euros, lo que me abre la posibilidad mediante la opción 3 de librarme totalmente ¿¿Cómo lo vés?? ¿¿Puede funcionar lo del escrito de alegaciones??
04/11/2009
xistral22, experto respondiendo en Derechos y deberes
Experto
Hola Xistral22,
La opción 3 queda descartada, dado que hay amplia jurisprudencia al efecto en sentido contrario, dado que en estas sentencias se establece que, la identificación del conductor del vehículo, aunque fuere su propio titular no conlleva la asunción de la responsabilidad del hecho, si no su mera identificación.
La opción 2 conlleva la pérdida de puntos y la demostración por tu parte de la falta recepción de las notificaciones. (recuperación de puntos: 2 años sin ser sancionado por infracciones graves o curso de sensibilización 180 ?)
La opción 1 conlleva una sanción pecuniaria mayor sin pédida de puntos.
Tu debes valorar entre la opción 1 y la 2.
Espero haberte aclarado un poco el tema, un saludo y no olvides cerrar la pregunta para poder formular otras,
Txema
04/11/2009
xistral22, usuario preguntando en Derechos y deberes
Usuario
Gracias Txema:
Bueno, la cosa queda en si valoro cada punto y las molestias inherentes a la alegación en 10.000 de las antiguas pesetas. Es muy curioso que sí me tenga llegado la notificación de la infracción cara pero no las dos de la más barata ¿¿Será la crisis??
Espero no volver a necesitar este tipo de consejos en mucho tiempo.
Saludos.
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