|
Hola Txema:
Resulta que he recibido la notificación de una multa por no identificación del conductor de mi vehículo, responsable de una infracción detectada por un radar fijo.
Esta ha sido la primera notificación que recibo. Las dos anteriores (las que solicitaban la identificación) Correos las devolvió dando como ausente al destinatário. Aunque, que yo sepa, no dejaron ningún aviso en mi domicilio.
A la infracción le corresponde una multa de 140 euros y conlleva, al parecer, la pérdida de 2 puntos.
Ahora tengo, en principio, 3 opciones:
1. Pago esta sanción sin alegar......217 euros, pero conservo los puntos.
2. Las telefonistas de la DGT me sugirieron que podía alegar desconocimiento de las notificaciones previas y pedir un nuevo envío de la solicitud de identificación. Esto significaría, si no recurriese la multa, tener que pagar.... 98 euros y la pérdida de 2 puntos. Además de bastante tiempo pendiente de los diversos trámites y avisos.
3. Y por último también podría hacer un escrito de alegaciones que ví publicado en varios lugares en el que se argumenta que la disposición por la cual se me multa va contra los Principios Generales del Derecho y el Ordenamiento Jurídico Superior entre ellos la propia Constitución Española. De esta manera pueden suceder dos cosas: Me libro completamente de la multa y conservo los puntos, o bien, después de determinados trámites tendré que acabar pagando los 310 euros de esta infracción pero conservando los puntos, eso sí.
La verdad es que si hubiese recibido el primer o el segundo aviso habría optado seguramente por la opción 2. Pero dado que no hicieron bien algo, me llego la multa de 310 euros, lo que me abre la posibilidad mediante la opción 3 de librarme totalmente ¿¿Cómo lo vés?? ¿¿Puede funcionar lo del escrito de alegaciones??
|