¿Volver a recurrir multa por exceso de velocidad? ¿Cómo puedo identificar al conductor?

El día 12/11/2008 llega a mi domicilio denuncia por exceso de velocidad (foto realizada por vehículo detenido): Velocidad 84km/h, limitación de la vía 50km/h, denuncia 400€, 6 puntos y de 1 a 3 meses de retirada de carnet.
El 1/12/08 presento recurso, solicitando todo el expediente y fotografía, para poder identificar al conductor. Ayer, 23/3/09 recibo denegación del recurso y carta de pago a realizar antes de 10 días.
No estoy de acuerdo con la resolución.
Mi pregunta es : ¿Qué puedo hacer ahora? ¿Puedo recurrir por segunda vez? ¿Puedo ahora identificar al conductor?
Para que tenga más información le comento que la vía objeto de la denuncia no está señalizada con límite de velocidad, se trata de una recta fuera del núcleo urbano (se encuentra en polígono industrial), tiene dos carriles en un sólo sentido de circulación, es una vía colindante a un centro comercial (que por cierto, a las 7:30a.m. Estaba totalmente desierto y cerrado al público), y la vía consiguiente a ésta está limitada perfectamente a 80 km/h. Según el plan metropolitano, esa vía es una calle, pero tampoco no está señalizada como tal (no existe cartel que indique el nombre de la calle).

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Cuando recurre usted por primera vez y se pone usted como titular o conductor del vehículo se hace responsable del hecho sancionado por lo que ahora no puede identificar a otro conductor. Este tipo de denuncias (radar) no hay forma de anularlas (por lo menos que yo conozca y dudo que alguien sepa anularlas) se lo digo por experiencia. Si no ha perdido el 30% de descuento todavía le aconsejo que la pague con ese descuento. El tema del limite de velocidad si esta dentro de un polígono la velocidad dentro de todo el polígono se limita como mucho a 50 (hay tramos de 30).
Le agradezco su rápida respuesta.
Sólo un matiz. En el recurso de alza que presenté el 1/12/08 pedía textualmente la fotografía del radar para poder identificar al conductor, ya que ese vehículo es utilizado por varias personas. Creo que el sancionado tiene 1 mes para identificar al conductor, pero en mi caso, YO NO ME IDENTIFIQUÉ, sólo pedí la prueba fotográfica para poder identificar al conductor.
Por eso, ¿puedo ahora identificarlo? En el caso de no haber identificado con anterioridad, ¿me pueder imponer ahora otra sanción?
Gracias de nuevo.
Dudo que ahora le dejen identificar a otro conductor pero puede intentarlo, no obstante no pierde nada. El problema es que en la foto es muy difícil identificar al condcutor. No le pueden imponer otra sanción porque para trafico usted es el condcutor ahora mismo.

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