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Un cordial saludo.
Si el documento reconoce la unión conyugal, se requiere la firma de la esposa para la venta. la de los hijos no sería necesaria excepto si el apartamento paarece a nombre de todos. Si la escritura dice que está a nombre de todos, sí se requiere la firma, pero cuando se adquiere por sociedad conyugal, sólo se requiere al firma de la esposa.
Y sí, sería demandable tanto para revocar la venta como para pedir el dinero correspondiente.
Buena suerte.
Para cualquier otra duda o pregunta relacionada, permítame saberlo. Sigo a sus órdenes.
Le agradezco su visita a mi espacio en TodoExpertos.com
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