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o sea que en el 2006 (en la declaracion hecha este año) solo pongo los ingresos hasta mi despido(agosto de 2006)de la empresa y el resto de lo cobrado por el inem (aunque lo tenga que devolver porque no me corresponde al readmitirme la empresa). De esta forma la declaracion no me sale muy favorable porque habiendo estado cobrando el paro no te retienen.
En cuanto a la complementaria como funciona esto??? ¿donde se pide?? ¿cuando la debo hacer??
Yo he cobrado en marzo de 2007 los salarios de tramitacion, en concreto 5400 euros y espero que en breve el INEM me requiera lo que cobre de ellos porque ya se lo notifique ¿es entonces cuando debo hacer la complementaria????
Segun el articulo 82 del IRPF, la empresa deberia haber aplicado retencion o aplicar retencion, sino me la aplica, al realizar la complementaria saldre bastante perjudicado entiendo yo porque 5400 euros sin retencion supone pagar bastante ¿no?? ademas entiendo que la empresa por esos meses que estube desde el despido hasta la readmision deberia darme una nomina por los salarios que debi percibir (salarios de tramitación) donde figure tanto la retencion como la seguridad social. La verdad que es un follon por donde no se donde empezar.
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