Inicio > Impuestos > gvipdmm > Plusvalía pasados 10 años

Plusvalía pasados 10 años

Experto:
Usuario:
Fecha: 11/11/2005
Valoración: (4,00 sobre 5) Categoría: Impuestos
02/11/2005
ricship, usuario preguntando en Impuestos
Usuario
Buenas tardes, mi pregunta es si la antigua norma, la cual indicaba que el importe a pagar de la plusvalia iba descendiendo hasta 0 pasados 10 años, está todavía vigente. Tengo que vender una vivienda que ha sido de mi propiedad durante 12 años y quisiera tener en cuenta este tema para evaluar el precio de venta.Gracias y saludos
03/11/2005
ricship, experto respondiendo en Impuestos
Experto
Hola, la plusvalía la determina el ayuntamiento la pagas por un diferencial de precios en el momento de la compra y en el momento de la venta.Estos precios suelen ser el valor catrastral en hace 12 años y el valor catastral hoy corregido por el coeficiente que se determine.¿de que comunidad eres? Lo digo para ver si en tu comunidad no se paga plusvalía.
En Barcelona pagas plusvalía al ayuntamiento aunque hubieras comprado el piso hace 30 años, y el importe no depende para nada del valor de venta.
Ahora bie, en irpf si deberás (salvo reinversión en vivienda habitual) declarar la ganancia patrimonial obtenida por la venta del piso (y aqui el palo).
Bueno, espero que te sirva de algo y si quieres que aclaremos algo ya me avisarás.
Saludos
04/11/2005
ricship, usuario preguntando en Impuestos
Usuario
Hola, gracias por tu respuesta. Soy de Barcelona por lo que ya has cubierto la duda al completo. Aprovechando el comentario sobre el IRPF (y el palo que me espera) que porcentaje del incremento patrimonial suele pagarse???.Muchas gracias por anticipado.Saludos
04/11/2005
ricship, usuario preguntando en Impuestos
Usuario
Perdona las molestías, un agente inmobiliario me ha idcho que el procentaje es aprox. 33% del Incremento Patrimonial corregido por los años de tenencia de la vivienda. Por tanto para evitar pagar tal impuesto tan sólo me queda invertir todo en una nueva vivienda habitual. Puedo colocar el dinero en una cuenta vivienda durante un tiempo para evitar pagar en irpf 2005 y despues bien comprar la vivienda o trbutar en consecuencia???? Gracias y saludos
10/11/2005
ricship, experto respondiendo en Impuestos
Experto
Hola de nuevo.
Para evitar pagar en irpf por la el beneficio obtenido derivado de la venta ya queda claro que el importe obtenido en la venta de tu vivienda habitual debes reinvertirlo en el plazo de dos años naturales en compra otra vivienda habitual, el hecho de invertir el dinero en una cuenta vivienda (que no podrías si ya te hiciste en su día una cuenta vivienda) no te liberaría del pago en el irpf.
Pero:Te puedes acojer a la exención de la ganancia patrimonial obtenida por la venta de la vivienda, haciendo constar en la declaración de la renta del ejercicio en que se ha obtenido dicha ganancia el compromiso de reinvertir en las condiciones y plazos reglamentarios.O sea, que si te comprometes y lo indicas en tu declaración a que en dos años reinvertiras en vivienda habitual el importe obtenido de la venta de la que había sido tu vivienda habitual pues no tributas en irpf.Si no cumples, es decir que si desde la venta a dos años no reinviertes habrás de tributar por el beneficio + intereses de demora.
Espero haberte ayudado.
Saludos
11/11/2005
ricship, usuario preguntando en Impuestos
Usuario
OK, muchas gracias por tu respuesta. Ha sido de gran ayuda. Saludos
Enlaces patrocinados