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Esa norma acerca de la plusvalía (IIVTNU), al menos desde la aprobación de la ley de haciendas locales...1988, no existe ni ha existido.
Otra cosa es la tributación por el incremeto patrimonial, pero esto no tiene nada que ver con la plusvalia.
En todo caso y si la antigüedad de la vivienda son 12 años, la norma dice que el incremento patrimonial se reducirá segun unos coeficientes aplicables siempre que la compra haya sido antes de 1996.
En tu caso: si la compra fue en el 1993 el coeficiente reductor es del 77,78 % (aplicando un coeficiente de actualización al valor de adquisición de 1,1461)
Incremento patrimonial= (V. Venta - V. AdquisicionX 1,1461)X 0,7778.
SALU2
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