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positivo alcoholemia

Experto:
Usuario:
Fecha: 26/08/2005
Valoración: (5,00 sobre 5) Categoría: Derechos y deberes
25/08/2005
ducatti, usuario preguntando en Derechos y deberes
Usuario
Hola davidguti.
Mi problema es el siguiente:
El pasado sabado me pararon en Pontevedra eol preventivo de alcoholemia.En la 1ª prueba di 0.84 y en la 2ª 0.76.Todo el proceso fue cr mi parte y por la de los agentes.En un principio se me dijo que eso implicaba una multa la pagaba sino que seria de 600? y una retirada de carnet de 1 a 3 meses.
Me inmovilizar culo y me dijeron que podia retirarlo al dia siguiente.
El caso es que en la denuncia,dondicar la cantidad esta marcado con cruces y no indica cantidad,tambien (al final )me dijo que lo mandaba al juzgado,o sea que ira por lo penal.
En recuadro de diligencias esta mar y en advertrencias legales hay una nota a manno que dice CARECE DE SINTOMAS EVIDENTES.
m AS SON:
¿cuanto pueden tardar en notificarme la sancion? ¿deberia presentarme a un juicioedra,ya que yo soy de Barcelona,me sucedio de vacaciones?
¿Que es lo que me puede caer?
ntecedentes de ningun tipo
Gracias de antemano
Un saludo
25/08/2005
ducatti, usuario preguntando en Derechos y deberes
Usuario
Hola de nuevo.Me he dado cuenta que no lo he escrito muy bien jeje
Queria decir que en elde diligencias esta marcado con NO.
Y la pregunta era si me debo desplazar hasta pontevedesentarme a juicio puesto que soy de barcelona
Gracias de nuevo
Un saludo
25/08/2005
ducatti, experto respondiendo en Derechos y deberes
Experto
Hola ducatti.

Si te pararon en un control rutinario de alcoholemia, pero no habías come una infracción (semáforo en rojo, giro prohibido,etc...) ni habías tenido un accidente au eve, entonces no entiendo por qué te dijeron que lo mandaban al juzgado.

En un control de alcoholemia lo normal es lo que te dijeron en un principio: 600 euros de multa, de 1 a retirada de carnet, vehículo inmovilizado hasta el dia siguiente, nada más. Solo hay Juic se puede demostrar que el alcohol ha INFLUIDO en una conducción peligrosa, por ejemplo al ccidente o al cometer una infracción, por leve que sea.

En todo caso te diré que la Ley ante un delito (y lo tuyo sería, no lo olvides, un delito como cualquier otro) el imputad obligación de personarse cuando sea citado por la Autoridad Judicial. Si no se personara, haber cometido otro nuevo delito, serías calificado como "en busca y captura"

Espero h entado, un saludo.
25/08/2005
ducatti, usuario preguntando en Derechos y deberes
Usuario
¿PUEDE QUE LO HAYAN MANDADO AL JUZGADO PORQUE LA CANTIDAD DE ALCOHOL FUESE EXCESIVA?
26/08/2005
ducatti, usuario preguntando en Derechos y deberes
Usuario
tENIAS RAZON ERA ADMINISTRATIVA.hE PAGADO 420 e Y ME RETIRARAN DE 1 A 3 MESES.
gRACIAS
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