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1.-Las placas de vado deben ser perfectamente visibles, si se decide hacer un recurso haga una foto de la placa en cuestión y adjuntela.
2.-En cuanto si debe pagar la multa: usted mismo, sopese las consecuencias de no hacerlo.
3.-La legislación sobre vados se regula a través de ordenanzas municipales, es decir, que cada Ayuntamiento no pone las mismas normas, aunque se basan todas más o menos en lo mismo. Como norma general no se exige dimensión mínima, puede ser (por poner un ejemplo) que tenga salida para motocicletas y hayan solicitado ese vado.
4.-Normalmente las tasas son anuales y me imagino que la Policía Local habrá comprobado que ese vado este en vigor.Aún así todo la L.S.V. (LEY SEGURIDAD VIAL) dice claramente que ningún vehículo podrá entorpecer la marcha de otro.
-espero que mi respuesta le sirva de ayuda.
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