Multa de trafico.

Mi cuestión es muy sencilla.me han puesto una multa de trafico con el coche de la empresa.iba a 131 en un tramo de 80Km/H.no me pararon.mi empresa recibió la multa. 300 euros es la sanción económica. Ahora bien:¿Es posible que me retiren el carnet? ¿Cuánto tiempo?. ¿Seria preferible que mi empresa no me identificara como conductor y pagar la multa y la sanción por no identificar? Debo decirles que tengo mi carnet asegurado. Díganme que hago por favor!. Gracias

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Con la reforma de la L.S.V. ya no es necesario parar al vehículo que ha cometido la infracción, art. 77:
"Asimismo, la notificación de la denuncia podrá efectuarse en un momento posterior cuando la autoridad haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo."
Art. 72.3: El titular del vehículo, debidamente requerido para ello, tiene el deber de identificar al conductor responsable de la infracción y si incumpliere esta obligación en el trámite procedimental oportuno sin causa justificada, será sancionado pecuniariamente como autor de falta grave, cuya sanción se impondrá en su máxima cuantía.
En los mismos términos responderá el titular del vehículo cuando no sea posible notificar la denuncia al conductor que aquél identifique, por causa imputable a dicho titular.»
En primer lugar aunque esté su empresa como titular del vehículo, está claro que tiene que haber una "persona" detrás de esa entidad.
Que la empresa además de pagar la multa por exceso de velocidad, la de no identificar el conductor, le retirarían (con toda probabilidad)el permiso de conducir, está claro que al dueño de la empresa, por lo que no es buena solución.
RECOMENDACIÓN: en casos de denuncia por radar, al haber prueba gráfica de la infracción (fotografía), lo recomendable es pagarla pronto para acogerse al 30% de reducción de la sanción y posteriormente hacer recurso remitido a la Jefatura Provincia de Tráfico correspondiente solicitando copia de esas foto entre otras cosas. Hay muchas empresas que anuncian todo tipo de recursos para estas sanciones, indicándole que un tanto por ciento muy elevado son desestimadas (casi el 100%). También le indico los plazos de prescripción de la denuncia, que serían 3 meses, 6 meses y 1 año si la denuncia es leve, grave o muy grave respectivamente.
-Si con esta respuesta no he aclarado sus dudas, puede hacerme las que estime oportunas.

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