¿Puedo impartir clases por medio de una asociación siendo miembro de la misma?

Me llamo María Luisa y tengo la intención de presentar en el
ayuntamiento un proyecto para impartir clase a adultos ( personas
mayores, minusválidos, desempleados, madres en situación de paro, etc).
Tengo que pensar en la forma jurídica en la que me tengo que constituir y he
pensado hacerlo mediante una asociación o fundación, es decir
constituirla e impartir clases en el lugar habilitado del ayuntamiento
como puede ser la biblioteca o similar.
No tengo 30.000 euros, así que creo que la fundación la desecho. Seríamos unos 3 o 4 asociados cada uno experto en su respectivo campo.
¿Sería viable por medio de una asociación? ¿Es mas beneficioso que crear una sociedad con esas personas? ¿Qué obligaciones fiscales tendría?
Aunque sea miembro de la asociación, ¿puedo ponerme como trabajadora y
cobrar por impartir clase?

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Una asociación es una forma posible de hacer lo que usted quiere... pero teniendo en cuenta que es una entidad sin animo de lucro y por lo tanto, no puede repartir beneficios de ninguna forma y que lo miembros de la junta directiva, no deben ser trabajadores, para evitar que se entienda que es una remuneración por el cargo.

Ademas, para realizar cursos y conferencias, hay una forma de acero mediante facturas que podría cobrar a la asociación, con su correspondiente retención, pero sin necesidad de estar contratado como empleado.

Si la asociación, tiene por actividad la realización de cursos, no es necesario darse de alta como actividad económica y por lo tanto, no es necesario presentar impuesto de sociedades. Ademas, el IVA en este caso tampoco seria necesario. Si es necesario liquidar las retenciones, por ejemplo de las facturas de los profesores de los cursos y de los empleados o los alquileres.

Si usted no forma parte de la junta directiva, también puede ser contratada, como en cualquier empresa...

Si lo desea, puede encontrar información de nuestros servicios especializados en asociaciones en nuestra web. Trabajamos con toda España.

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Muchas gracias por su pronta respuesta.

Entiendo que es mas ventajoso por tanto hacerlo mediante asociación que siendo freelance o creando una sociedad, me equivoco?

No hay ninguna posibilidad de que un miembro de la Junta Directiva cobre por dar un curso (no sería por el cargo, sería por impartir un modulo o curso)?

Muchas gracias de nuevo

Por el tema fiscal, si es mas interesante la asociación, aunque ha de tener en cuenta que esta también tiene obligaciones formales, como los autónomos o las empresas, por ejemplo en cuanto a protección de datos o prevención del blanqueo de capitales... Ademas de las juntas, actas, cuentas, etc...

Si son cursos puntuales, no suele haber problemas, pero siempre recomendamos que no sean miembros de la junta...

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