Régimen fiscal de una asociación

Vamos a crear una asociación sin animo de lucro, donde no va a existir un patrimonio inicial ni va a existir cuotas de los socios, nos vamos a dedicar exclusivamente a solicitar subvenciones para la realización de cursos de informática, contables, fotográficos, de baile, en definitiva de todo tipo. Una vez que nos concedan la subvención realizaremos un acuerdo con la empresa que va a impartir el curso, le pagaremos de la subvención y si sobra dinero será para la asociación, para su mantenimiento de luz, agua, alquiler, etc. Yo quisiera saber, tengo que dar de alta la asociación en el IAE, presentar el IS, ¿IVA o IRPF? Si tengo que darla de alta en algo, ¿cómo es el trámite?

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Lo primero indícale que no es tan sencillo solicitar subvenciones y menos que le sean concedidas, si ustedes no aportan nada... no todo el dinero de los proyectos puede ser a cargo de subvenciones...
Por otro lado, dependerá de los fines sociales el que puedan hacer cursos como quieren o necesiten darse de alta como actividad económica... Si no son actividad económica, si ha de darse de alta en Hacienda y solicitar la exención del IVA para las cuotas de socio y las de los cursos... Para no estar obligados a presentar IS. Puede llevar una contabilidad que permita ver el estado económico de la asociación y realizar los balances necesarios.
Si realizan actividad económica, si tendrán que presentar impuesto de Sociedades, por la parte que sea actividad económica se tributa, pero se ha de incluir la información de toda la asociación... Necesitara una contabilidad oficial.
Ademas, como persona jurídica, es necesario disponer de certificado digital, para que pueda ser notificado electrónicamente por la Agencia Tributaria.
Si los cursos los contrata con profesionales, no empresas, las facturas tendrán retención y también tendrá que liquidar estas retenciones trimestralmente.
Una vez este constituida la asociación, puede solicitar el CIF y una vez este registrada (con resolución de inscripción) podrá solicitar el CIF definitivo, las exenciones, el alta como asociación, etc... En la Agencia Tributaria.
Tenga en cuenta que ha de cumplir con la normativa de Protección de Datos personales.
Le recomendamos se ponga en manos de un especialista, que le estudie bien como quiere hacer las cosas y si puede hacerlas así... para evitar problemas futuros.
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