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Buena pregunta. Cualquier asociación tiene entidad jurídica suficiente para responder tanto fiscal como judicialmente ante las entidades correspondientes.
El tratamiento, en vuestro caso, de un delito de consumo ilegal de estupefacientes o de bebidas alcohólicas (intuyo que te refieres a menosres de edad en el caso del alcohol) afecta principalmente a los consumidores primeros, que responderían por lo que están haciendo de forma personal ya que se supone que la asociación no es la que fomenta ese consumo. En segundo lugar, la asociación podría verse inviolucrada, si se incoa la correspondiente denuncia y resltar inmersa en un procedimiento judicial que podría acarrear el cverre temporal o definitivo de la entidad a juicio del juez que instruya el expediente del caso.
Es como cuando en un estadio de fúltol los espectadores lanzan botellas y una de ellas le rompe la cabeza a un jugador. El responsable, en primera instancia, responde de lo hecho y el Club, en segunda instancia, ha de hacer frente a una sanción económica o de cierre temporal. Lo que parece claro es que el prestigio de la asociación se vería negativamente afectado. Y si hubiera una multa o las costas económicas del juicio, si hubiere, recaerían sobre los fondos de la entidad o de la Junta Directiva de la misma, que tndría que hacer frente a dichos gastos, que suelen ser cuantiosos.
Espero haberte resulto la duda.
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