Viuda que quiere trabajar

Soy viuda pensionista, En España, tengo 57 años, cobro una pensión de 602 euros, inferior al salario mínimo y sin complementos, ni siquiera nadie a mi cargo. Sólo tengo eso, la pensión y el documento de pensionista de la seguridad social.
Ahora podría trabajar un mes este verano y me darían de alta en el régimen general. Mis preguntas son:
¿Puedo hacerlo sin perder la pensión de viudedad?
¿Hay algún problema que me perjudique y yo desconozca?
¿Me darán otra tarjeta de la seguridad social que no es la de pensionista? ¿Cómo hago para volver a tener la tarjeta de pensionista cuando se me acabe el mes?.
Por favor, es que no tengo ni idea de los trámites que se siguen, ni si me puede pasar algo en mi pensión por coger un trabajo de sólo un mes (sin posibilidad de que sea más), pero me hace falta el dinero.

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La seguridad social indica que la pensón de viudedad es compatible con cualquier trabajo. No vas a perder tu pensión ya que la seguridad social contempla que puedas trabajar y cobrar pensión de viudedad a la vez manteniendo tu cuantía siempre y cuando la pensión sea la fuente principal de ingresos. El hecho de trabajar este mes no te va a perjudicar en nada en tu pensión. Por lo que comentas en tu pregunta imagino que debes estar cobrando el 52% de la base reguladora, ya que indicas que no tienes a tu cargo familiares, por lo tanto tu pensión seguirá siendo la misma tanto antes como una vez finalizado el contrato de trabajo.
Según indica la seguridad social, tu pensión de viudedad no variará a menos que sumando tu pensión anual + lo que cobres en nómina anual supere la cantidad de 16659€ al año para el 2011. Por trabajarar un mes (e incluso más) no superaras esta cantidad.
Respecto a tu tarjeta de pensionista, no tengo muy claro que clase de tarjeta tendrás, imagino que debes tener el documento de pensionista que te facilita la seguridad social al estar cobrando una pensión, y eso lo seguirás teniendo mientras trabajes porque la pensión la vas a mantener.
En principio no tienes que comunicar nada a la seguridad social ya que el alta les será comunicada enseguida que empieces el contrato y una vez finalizado, igual. Ellos tendrán todos estos datos actualizados.
Si quieres saber algo más no dudes en preguntarme y espero haber sido de ayuda.
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La pensión de viudedad no es incompatible con el trabajo remunerado, se puede trabajar y por lo tanto cobrar un sueldo, y además recibir la pensión de viudedad. En cuanto a lo de la tarjeta de viudedad tienes que informarte en la tesorería regional de la seguridad social o el INSS para buscar la fórmula más adecuada porque como va a ser por un mes solamente o bien puedes conservar la misma tarjeta o te dan otra por el tiempo que estés trabajando para volver a darte la que tenias de viudedad cuando finalices en tu trabajo, pero todo esto siempre y cuando te des de alta en la seguridad social, pero lo mejor es que te informes tu directamente como te e dicho para que lo tengas todo mucho más claro y te digan todo lo que tienes que hacer..
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Pues mira... hay si depende de la ley que riga en tu país la cuestión de las pensiones, porque aquí en colombia no pasaría nada. Solo que no podría cotizar Seguridad Social (salud). Porque ¿? ¿?
Porque según la norma aquí un ciudadano no puede estar afiliado dos veces en un seguro, por decir si una es pensionada y de repente coloca una empresa o comienza a trabajar en otra ESTA EMPRESA NO LE PODRÁ PAGAR SEGURIDAD SOCIAL, ya que por lógica esta cotizando por medio del pago de pensión porque a la hora que hacen el pago de la pensión de una descuenta el monto de cotización de salud.
Eso tengo entendido. Pero te repito que es aquí en colombia.
Te aconsejo que verifiques personalmente con un abogado o algún especialista en seguridad social.
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Para cerciorarte tienes que acercate al inss y preguntar, pero cualquier persona que sea viuda puede trabajar, por lo tanto no es problema en cuanto a ingresar dinero por ello, es verdad que si actualmente no realizas declaración de hacienda por no llegar al mínimo al tener otro pagador te vas a ver obligada a ello, te realizarían una tarjeta sanitaria tuya porque al trabajar en caso de baja es necesario para acceder al médico cuando pase el tiempo reglamentario, si no trabajas perderías el derecho a asistencia sanitaria con la tuya por lo tanto volverías a solicitar la de viuda.
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Usted puede llevar a cabo cualquier trabajo, ya que su pensión es de viudedad que es perfectamente compatible con la pensión de viudedad. La pensión de viudedad se da en todos los casos y se puede cobrar estando en activo laboralmente hablando.
Desde un punto de vista legal, no hay nada que pueda perjudicarle, ya que la prestación de trabajo es compatible.
Eso último que me pregunta no puedo resolverselo ya que no sé muy bien como funciona, en su caso y para que pueda resolver todo esto le aconsejo que acuda a la DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (INNS), allí le informarán con detenimiento de como debe hacerlo.
Cualquier consulta, [email protected]

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