Cobro de pensión jubilación.

Tengo 44 años. 27 cotizados y 2 de paro. Despide mediante ERE. ¿Cuántos más tendría que cotizar para cobrar pensión por jubilación y que porcentaje? ¿Si no trabajara más cobraría? ¿Me podría jubilar anticipadamente por ERE?

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Respuesta
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Si no tendríamos a la vuelta de la esquina la reforma de las pensiones te podrías jubilar a los 65 años de edad y con 35 cotizados a la seguridad social. Con la pensión completa, pero como el día uno de en enero del 2013 se comienza a aplicar la reforma de las pensiones, a ti por desgracia te va a afectar en su totalidad porque si quieres percibir la pensión comnpleta vas a tener que jubilarte con 37 años cotizados y con 67 años de edad, en cuanto al porcentaje de la pensión todo va a depender de los años cotizados y de la cuantía de la cotización, porque por cada año que anticipes la jubilación antes de los 67 años te van a penalizar con un siete y nedio por ciento. Y por cada año que dejes de cotizar te van a penalizar con casi un tres por ciento más con lo que la cuantía de la pensión va a sufrir una considerable reducción.. lo mejor es que trates por todos los medios de buscar la forma de seguir cotizando a la s. social bien trabajando bien con la prestaciony el subsidio de desempleo o mediante algún convenio especial con la seguridad social ..
Nacimiento
Año
Jubilación
Edad
1948 2013 65 años y 1 mes
1949 2014 65 años y 2 meses
1950 2015 65 años y 3 meses
1951 2016 65 años y 4 meses
1952 2017 65 años y 5 meses
1953 2018 65 años y 6 meses
1954 2019 65 años y 8 meses
1955 2020 65 años y 10 meses
1956 2021 66 años
1957 2022 66 años y 2 meses
1958 2023 66 años y 4 meses
1959 2024 66 años y 6 meses
1960 2025 66 años y 8 meses
1961 2026 66 años y 10 meses
http://www.tcmugt.es/comunicaciones/asturias/comunicaciones/telefonica_2011/informes_2011/otros_informes_2011/Informe_Acuerdo_Reforma_Pensiones_09-02-11.pdf
O sea, que si no trabajo por cada año me reducen la pensión un 3%. ¿Entonces quién va a cobrar la pensión por jubilación?
¿No sabes si el despido es mediante ERE te puedes jubilar antes con el 100%?
Muchas gracias.
Bueno no es exactamente un 3%lo que te deducen `por cada año que te falte de cotizar si no un 2,3%de todas formas la seguridad social En todo caso cuando alguien se jubile anticipadamente, la Seguridad Social ha previsto
Que el descuento nunca puede ser superior al 42% del total de la pensión. En cuanto a lo de los ERE, el que te puedas jubilar con el 100%de la base reguladora de la pensión de jubilación, dependerá de el acuerdo al que lleguen los representantes de las partes implicadas, empresa, y trabajadores, y en ocasiones del gobierno de la nación.. si los representantes de las partes implicadas establecen un acuerdo mediante el cual se garantice a través de un convenio especial con la seguridad, la cotización a la seguridad social por contingencias comunes accidente no laboral enfermedad común asistencia sanitaria pensión de viudedad de invalidez y sobre todo para la pensión de jubilación, pues un trabajador se podrá jubilar a los 65 años si tiene la carrera laboral completa (65 años y 38 1/2 cotizados) o a los 67 con 37 años cotizados. Pero si las partes solo llegan al acuerdo de cotizar hasta los 61años el resto que te falten según los años que tengas cotizados los puede completar el interesado mediante un convenio con la es social.. pero aunque esta muy bien eso de planificar la jubilación, todavía eres muy joven para hacer calculculos porque todavía ( a no ser que te tengas que jubilar por otra circunstancia, dios quiera que no) de aquí hasta que te puedas jubilar todavía te queda un trecho y puede que todavía se modifiquen las circunstancias y se produzcan nuevos cambios en el sistema de pensiones más o menos perjudiciales eso ya lo iremos viendo con el tiempo.. si no me necesitas más por favor no se te olvide calificar la respuesta..

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