Persona de 59 años despedida, ¿Se puede prejubilar?

Mi preguntas es básicamente esa. Mi padre tiene 60 años, era conductor de un camión y lo despidieron hace un año aproximadamente. Aun le queda por cobrar paro hasta finales de año, pero queremos saber de que fuentes disponemos para poder vivir, y la cuantía por supuesto.
Me gustaría saber si se puede prejubilar y como podría calcular dicha pensión.
Muchas gracias (y disculpe por la falta de acentos, no me funciona bien el teclado)

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Lo mejor que puede hacer tu padre es agotar la prestación por desempleo y jubilarse a los 61 años edad a la que se pueden acoger para jubilarse todos los trabajadores que a consecuencia de la crisis económica o por cualquier otra circunstancia ajena a su voluntad, hayan perdido su puesto de trabajo.. en cuanto a la jubilación que le va a quedar a tu padre, la cuantía estará en función de los años cotizados y de las cuantías cotizadas.. ten en cuenta que para tener derecho a una pensión contributiva se tiene que haber cotizado a la ss. Un mínimo de 15 años y por cada año adicional cotizado se le añade un3%los diez años siguientes y un 2%los 10 últimos hasta completar, los 35 años cotizados necesarios para cobrar el 100% de la base reguladora de la pensión.. luego se tiene que tener en cuenta lo que van a deducir a tu padre por cada año que adelante la jubilación antes de los 65años que es la edad oficial para jubilarse con el 100%de la pensión.. y ya sabes que la base reguladora de la cuantía de la ablación se obtiene de las bases de cotización de los últimos 15 años cotizados .. espero que esos datos te sirvan para calcular la cuantía de la base reguladora de la pensión de tu padre un saludo..
O mejor que puede hacer tu padre es agotar la prestación por desempleo y jubilarse a los 61 años edad a la que se pueden acoger para jubilarse todos los trabajadores que a consecuencia de la crisis económica o por cualquier otra circunstancia ajena a su voluntad, hayan perdido su puesto de trabajo.. en cuanto a la jubilación que le va a quedar a tu padre, la cuantía estará en función de los años cotizados y de las cuantías cotizadas.. ten en cuenta que para tener derecho a una pensión contributiva se tiene que haber cotizado a la ss. Un mínimo de 15 años y por cada año adicional cotizado se le añade un3%los diez años siguientes y un 2%los 10 últimos hasta completar, los 35 años cotizados necesarios para cobrar el 100% de la base reguladora de la pensión.. luego se tiene que tener en cuenta lo que van a deducir a tu padre por cada año que adelante la jubilación antes de los 65años que es la edad oficial para jubilarse con el 100%de la pensión que va desde el 8% hasta el 6%dependiendo de los años que se tengan coti¡Zados.. y ya sabes que la base reguladora para obtener la cuantía de la jubilación se obtiene de las bases de cotización de los últimos 15 años cotizados .. espero que esos datos te sirvan para calcular la cuantía de la base reguladora de la pensión de tu padre un saludo..
Me queda todo más claro, pero me queda una pequeña duda. Más bien un error mio al escribir la pregunta y puse que tenia 60, pero hoy por hoy tiene exactamente 59.
Mi padre fue despedido con 58, ahora tiene 59 y se le acabara la prestación por desempleo aproximadamente a los 60. Durante el tiempo entre que tiene 60 y cumple 61 y agota la prestación por desempleo, supongo que no tendrá ningún tipo de ayuda, ¿no? Gracias por todo.
Una vez agotada la prestación por desempleo tu padre puede solicitar el subsidio de desempleo que aunque la cuantía no es muy elevada por lo menos, se la conceden hasta la edad en la que se puede jubilar anticipadamente a los 61años... por otra parte, durante todo el tiempo que tu padre este cobrando el subsidio, el inem sigue aportando a la ss, para la jubilación el 125%del salario mínimo interprofesional cuantía que puede ampliar tu padre, si así lo desea, acogiéndose a un convenio especial con la ss, para mayores de 52 años.. con ese convenio tu padre puede aportar una determinada cantidad de dinero a la ss, cantidad que decidirá el según la base de cotización a la que se quiera acoger, de esa forma, tu padre, puede complementar y mejorar la cotización del inem, para que cuando se vaya a jubilar el periodo de calculo de la jubilación se obtenga de los 15 últimos años con unas bases de cotización lo más altas, posibles de forma que la base reguladora de la cuantía de la jubilación no se ve muy mermada como consecuencia de cotizaciones muy reducidas, y eso se consigue con muchos años cotizados y con bases de cotización elevadas.. espero que te aya aclarado algo el tema un saludo..

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