Jubilación

Mi padre a fecha de febrero de 2011 tiene o 30 o 31 años cotizados, la cosa esta en que a mi padre van a despedirle porque donde esta trabajando va mal, y le corresponderían 2 años de paro por todos los años que ha trabajado. Entonces mi madre decía, pues como mi padre tiene 56 años, 2 años de paro que le darán y otros dos que le contrata mi empresa por ejemplo o se paga la seguridad social, ¿ya llega a los 60 y así se puede jubilar ya a los 60... Eso es posible?...

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A partir de los 60 años solo se pueden jubilar los trabajadores que estén relacionados con actividades penosas peligrosas insalubres, o que causen un elevado índice, de mortandad o de, morbilidad, y a partir de los 61 años solo se pueden jubilar los trabajadores, que como consecuencia de la crisis económica se hayan quedado sin trabajo, los trabajadores que estén con expedientes de regulación de empleo y hayan cumplido los 61 años o los parados de larga duración mayores de 61años por lo tanto tu padre se podrá jubilar a los 61años eso si con los correspondientes cocientes reductores por cada año que adelante la jubilación antes de los 65 años..
Pero con 61 y 35 años cotizados o más, ¿me reducen pensión? ¿Podría completar hasta los 65 cotizando por mí mismo?
Exactamente.. tu padre puede acogerse a alguno de los muchos ci¡Convenios espaciales de la seguridad social, más concretamente al convenio para mayores de 52años.. convenio que le permite a tu padre seguir cotizando a la seguridad social para completar los años que le falten para lajubilacion.. el convenio consiste en la firma con la ss de un acuerdo por el que el interesado se compromete a aportar una determinada cantidad de dinero, todos los meses, que le va a servir para cotizar para la jubilación, de forma que no le queden años sin cotizar, y de forma que le quiten lo menos posible de la jubilación o no le quiten nada.. en cuanto a la cuantía que tiene que aportar tu padre a la ss. Eso es algo que tiene que decidir tu padre y que depende de la base de cotización a la que se quiera acoger eso ya lo decidirá el si es que le interesa acogerse al convenio con la ss.. de lo que no estoy muy seguro es de si también se puede cubrir, las contingencias comunes, eso lo tenéis que mirar.. espero que todo os salga bien.. un abrazo
¿Para qué le quede el 100% cuántos años de edad debe tener y cuántos cotizados?
Para jubilarse con el 100% de la base reguladora de la pensión un trabajador tiene que tener 65 años cumplidos y 35 cotizados, a la ss.. los dos últimos años, tienen que estar cotizados dentro de los 15 últimos, inmediatamente anteriores a la fecha de la jubilación...
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