Ayuda con hijos a cargo

He pedido la ayuda por hijos a cargo y me piden el IRPF de los autónomos de mi marido pero están impagos ya que hace 2 años que esta sin trabajar que puedo hacer para pedir la ayuda si no dispongo de este documento? Gracias
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Las prestaciones de protección a la familia recogen uno de los principios rectores de la política económica y social, la protección de la familia por los poderes públicos y la asistencia de los padres a sus hijos, previsto en el artículo 39 de la Constitución española, y tienen una de sus manifestaciones en las Prestaciones de protección por tener hijos a cargo. Estas prestaciones consisten en:
Una asignación económica, en su modalidad contributiva, por cada hijo menor de 18 años o mayor con discapacidad de grado igual o superior al 65%, a cargo del beneficiario y con independencia de la naturaleza legal de su filiación (también para los menores en situación de acogida).
Una prestación no económica, en su modalidad no contributiva, que consiste en la consideración como periodo de cotización efectiva del primer año de excedencia con reserva de puesto de trabajo que los trabajadores tengan por razón de atención a cada hijo.
La asignación económica para el año 2007 es de:
Menores de 18 años sin discapacidad: 291 € anuales
Menores de 18 años con discapacidad igual o superior al 33%: 581,64 € anuales.
Mayores de 18 años, con discapacidad igual o superior al 65%: 3.749,16 € anuales.
Mayores de 18 años, con discapacidad igual o superior al 75% (siempre que supere el baremo de ayuda a tercera persona): 5.623,80 € anuales.
Requisitos
Es necesario residir legalmente en territorio español.
Se debe tener a cargo a los hijos menores de 18 años o bien mayores con una discapacidad igual o superior al 65% (que convivan con el beneficiario y dependan económicamente de él). Si tienen ingresos por trabajo lucrativo no pueden superar el 75% de Salario Mínimo Interprofesional (SMI) (SMI 2007: 7.988,40 € anuales).
No percibir ingresos anuales superiores a 9.328,39 € (esta cifra se incrementará un 15% por cada hijo a cargo, a partir del segundo, éste incluido). Cuando el hijo tenga una discapacidad igual o superior al 33% no se establece límite económico. Si los hijos son menores de 18 años no discapacitados y se es familia numerosa (3 o más hijos), el límite de ingresos se sitúa en 15.903,65 € anuales, incrementándose en 2.575,95 € anuales por el 4º. Hijo y sucesivos.
No tener derecho, ni el padre ni la madre, a prestaciones de esta misma naturaleza en cualquier otro régimen público de protección social.
Trámites
Se debe presentar la solicitud en el INSS, o en las delegaciones existentes en los distritos.
Para más información se puede llamar al Tel. 900 16 65 65.
Observaciones
Las pensiones no contributivas son incompatibles entre sí, con las pensiones asistenciales por vejez o enfermedad y con los subsidios de garantía de ingresos mínimos y de ayuda a tercera persona.
En caso que el hijo o la hija con discapacidad firme un contrato de trabajo y se dé de alta en la Seguridad Social, ésta suspende cautelarmente el pago de la prestación. Entonces se deben entregar las nóminas al INSS para demostrar los ingresos reales que se han obtenido durante un año natural. Si estos ingresos no superan el 75% del SMI (2006: 7.572,60 €) durante este periodo de un año, la suspensión cautelar se anula y se paga la prestación. Con esta medida se intenta evitar la posible reclamación posterior de las cantidades indebidamente cobradas.
La cantidad de las pensiones se determina anualmente.
Estas prestaciones no tributan en la declaración de la renta, ya que están exentas de IRPF.
También te aconsejo que te pongas en contacto con l@s asistentes sociales del ayuntamiento de tu localidad y les esponjes tu situación porque ell@s te pueden asesorar y te pueden ayudar más de lo que te imaginas..

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