Me pueden despedir por haber estado de baja

Buenas tardes,
Me llamo Yolanda y quisiera que alguien me pudiera asesorar en mi consulta:
Tengo una minusvalía reconocida del 36% y hasta la actualidad estoy trabajando en un Centro especial de empleo en la cual se puede observar que hacen referencia a que : Facilitamos a nuestros clientes el cumplimiento de la Ley 13/1982 de Integración Social de Minusválidos (LISMI) al mismo tiempo que contribuimos al empleo de personas con discapacidad permitiéndoles un acceso al mundo laboral. Desde hace quince días estoy de baja por depresión-ansiedad y cual ha sido mi sorpresa que cuando he llamado para decir que me incorporaré el próximo martes me han comunicado que posiblemente sea despedida, en mi departamento ya están buscando a una persona y a mi si pueden me reubicaran en otro departamento ( pero no es seguro ), ademas de comentarme que no prolonge mucho la baja por si acaso ( como si fuera mi volutad encontrarme mal ) . Comentar que en esta empresa te despiden en el mismo día, lo he visto en otros compañeros, y que yo tengo un contrato indefinido desde diciembre del 2008, llevo 15 meses en la empresa y no he tenido ninguna llamada de atención y no he faltado nunca a mi puesto de trabajo.
Mi preguntas son :
¿Pueden despedirme por haber estado de baja?
Si fomentan la inserción laboral y contratan a personal con discapacidad, supongo que se arriesgan a que tengamos más facilidad a recaer en nuestras enfermedades, ¿es legal que te hagan esto?
Soy madre soltera y si me despiden no sé de que vamos a vivir, a parte de sentir que todo el esfuerzo que he realizado en esta empresa no ha servido para nada.
Muchas gracias.

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