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Te puedo responder a la parte laboral. Si trabajas en un centro de formación imagino que ya estarás de alta en régimen general. No obstante, si montas una empresa (academia o lo que sea) inicias una actividad por cuenta propia y tienes que estar de alta como autónomo. Esto es así si la academia es únicamente tuya, ya que la situación puede cambiar si la academia se crea por un grupo de socios, en cuyo el alta en S. Social estaría a la participación en el capital (más o menos y de forma abreviada).
(En www.seguridad-social.com tienes algo sobre esta materia).
Saludos.
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