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Por supuesto q los emails valen como prueba ante el juez, al igual q tu domicilio físico.
Debe usted conocer la jerarquía legal. Los contratos, aunque por escrito, están en la última de las posiciones:
1º. Tratados internacionales, 2º. Constitución, 3º. Leyes, no recuerdo el cuarto y quinto puesto, pero finalmente, los contratos escritos y luego verbales.
Si tiene usted derecho a aplazamientos, hágalos, pero sin pedir permiso y por escrito. No haga caso ni a directores ni a mí si no quiere. No sobrevalore la autoridad de la entidad financiera. Las cláusulas pueden ser abusivas, y por supuesto q no está nadie obligado a cumplir con lo abusivo o usurero. Informese en cualquier centro de atención al consumidor como la OMIC o consumo. Debe aportar toda la documentación escrita al respecto. Descubrirá q incluso puede incumplir cláusulas abusivas sin reparo, eso sí, en cuanto a consumo se refiere, debe solucionar cada duda q tenga, para poder exigir así el derecho q le corresponda.
Recuerde que según las entidades financieras, usted carece de derechos y ellos pueden no robarle, sino apropiarse de su dinero.
La próxima comunicación al banco, hágala en tono categórico, sin excusarse ni pidiendo permiso, es usted quien enriquece al banco y él quien le debería estar agradecído. No les tema y exija lo q es suyo.
Si le he ayudado en algo, agradecería una respuesta, sino, pídame por favor una aclaración, y estaré encantado de ayudarle...
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