1º La cuota minima a pagar por autonomos es actualmente de 216,56?, ahora bien, existen reducciones, por ejemplo trabajadores menores de 30 años o mujeres menores de 45 años, y la cuota minima baja a 176,41?
2º Si, puedes darte de alta y baja segun necessidades, pero esto puede complica el tema fiscal, habra que vigilar bien que cumplamos con todas las obligaciones tributarias.
3º 4º Para todo lo referido con alta, baja.. en regimen de cotizacion de trabajadores autonomos hay que ir a la Tesoreria de la Seguridad Social de Madrid
Te adjunto un link que puede serte últil, va directamente a la web de la seguridad social
http://www.seg-social.es/Internet_1/TramitesyGestiones/Altabajayvariaciond44113/Altabajayvariaciond44128/index.htm