habrá que ver en primer termino, su convenio colectivo, con caracter general el plazo en el que no es necesario presentar justificantes de baja es de 3 días, transcurridos los cuales es obligatorio.
En no presentar los partes de baja de esos primeros días, no implica no justificar la ausencia, por ejemplo, justificante de haber acudido al medico, ya que en caso contrario, dichas faltas seran injustificadas, y podrán servirle a la empresa si las relaciones son tensas para apoyar o argumentar un posible despido, junto con otras más claro.
Un Atento saludo,
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