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Negocio en casa internet ¿como declaro telf. luz, ..?

Experto:
Usuario:
Fecha: 29/08/2007
Valoración: (5,00 sobre 5) Categoría: Creación de Empresas
28/08/2007
angym20, usuario preguntando en Creación de Empresas
Usuario
Muchas gracias por tu superrespuesta.
Comentarte por último, cuando me dices que debo declararme el recibo de la luz entero en la renta, te referieres a la de la empresa, porque ella hace su propia renta ¿no? y el iva, si que me dices la parte proporcional, pero como lo contabilizo, en la cuenta de suministros que pongo la parte del gasto proporcional y el iva correspondiente?
Gracias.
No se si sería conveniente que me tanto la contabilidad como lo de los impuestos me lo llevara una empresa, pensaba llevarlo yo pero es bastante jaleo. ¿Tu que me aconsejas? Trabajas en esto?
29/08/2007
angym20, experto respondiendo en Creación de Empresas
Experto
Hola de nuevo:

A ver, la renta la hacen las personas fisicas y el impuesto de sociedades las sociedades. En tu caso; no has creado ninguna persona juridica por lo que no haces impuesto de sociedades. Lo que si has hecho es iniciar una actividad economica a tu nombre, que sera quien factures. La renta como bien sabes se hace cada año y se presenta como maximo hasta el 30 de junio. Dentro de esa renta hay 4 grandes apartados en los que se declaran todos los ingresos que has percibido:

RENDIMIENTOS DEL TRABAJO: normalmente aqui entran las nominas si trabajaras para alguien, lo que no es tu caso.

RENDIMIENTOS DE CAPITAL: aqui entran las acciones, tema financiero, y principalmente los rendimientos de capital que genera cada empresa y que reparte en forma de dividendos a sus socios, lo que tampoco es tu caso ya que no has creado ninguna sociedad.

GANACIAS PATRIMONIALES: aqui se mueve sobre todo el tema de la compra venta de inmuebles, acciones puntuales en las que se obtiene un rendimiento, lo cual tampoco es tu caso.

RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONOMICAS: aqui!!!! es donde tu vas a declarar tus ingresos obtenidos por tu negocio que como ya te comente es indisoluble de tu patrimonio personal, y prueba de ello es que lo declaras como ingreso en tu declaracion personal, al fin y al cabo no hay diferencia entre uno y otro.

Por tanto, aqui es donde metes tus gastos INTEGROS para deducirtelos de los ingresos

TEMA CONTABILIDAD:

Evidentemente necesitaras una aplicacion informatica que te permita llevar un control de gastos e ingresos asi como para cumplir con las obligaciones fiscales que impone hacienda, esto quiere decir que cuando metas el gasto lo metes al completo sin partir, y cuando pongas el IVA tendras que indicar la mparte que es deducible y la parte que no, esto cada programa lo hace de una manera distinta por lo que no te puedo decir mas.

Con respecto a lo que me comentas hay disparidad de respuestas para eso pero mi opinion personal es la siguiente: En tu caso, eres un pequeño negocio que tendra poco volumen de compras y ventas, `pero corres el riesgo de que al hacerlo tu desconociendo la normativa vigente te equivoques en la confeccion y lo peor, que no sepas que te has equivocado y que despues liquides con eso, lo cual no deja justificacion alguna en hacienda para que te claven tu sancion.

Yo pienso que cada persona tiene su dedicacion y sabe hacer su trabajo y no tiene porque saber hacer el de los demas. Se que pensaras que te ahorras un gasto al no contratar un asesor o gestor pero piensa que al hacerlo evitas riesgos innecesarios y te podras dedicar a tu trabajo verdadero, de esta forma te acostaras todas las noches sabiendo que la gestion laboral, fiscal y contable de tu empresa esta en buenas manos, en manos expertas, como tu lo eres de tu trabajo.

Por ultimo decirte que si, que trabajo en esto desde hace bastante tiempo y que tengo asesoria abierta en Granada en CL Trajano. Si necesitas algo mas no dudes en preguntarme.

Un saludo.
29/08/2007
angym20, usuario preguntando en Creación de Empresas
Usuario
Muchas gracias.
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