Devolución mercancía

Perdona te moleste de nuevo, esta mañana he pasado la siguiente pregunta: un cliente (hipermercado) me ha devuelta una mercancía y expedido la factura de cargo por el importe.
Me has respondido que debe figurar como factura recibida y la forma de contabilizarla
Debe: ¿708 y 477 HP IVA repercutido?
Haber: 430.
No debería ser iva soportado 4720

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Es correcta mi respuesta, si te fijas cuando vendes mercaderías la cuenta 477 no la cargas como en este caso si no que la abonas, lo que hacemos cuando existe una devolución de esa mercadería es cargar la cuenta 477 de esta forma se salda la cuenta. Lo mismo ocurre con la cuenta 430 clientes.
Te pongo un ejemplo de venta de mercadería para que lo veas claro.
Vendemos mercaderías por 1.000.000 euros más IVA.
Cuenta/debe
430 clientes---1.160.000
Cuenta/haber
700 Ventas de mercaderías---1.000.000
477 Hacienda publica, iva repercutido----160.000
Lo ves ahora más claro, si te fijas en este caso el IVA repercutido se encuentra en el haber y clientes en debe.

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