Factura compra-venta particulares

Soy autónomo y voy a comprar un ordenador de segundamano a otro particular. ¿Puedo pedirle factura? ¿Puede él emitirla no siendo autónomo? ¿Cómo sería la factura tipo? ¿Debería aparecer el IVA y podría deducírmelo después?

2 respuestas

Respuesta
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Siendo particular no puede hacerte una factura, tan solo un recibo. Tu lo puedes poner como gasto, pero no existe IVA a desgravar.
¿Estás seguro de comprar un ordenador de segundamano a un desconocido?
YO NO LO HARÍA, AHORA HAY ORDENADORES MUY BARATOS EN EL MERCADO, y si lo compras en un establecimiento como es debido puedes desgravar el gastos y el IVA. Piénsalo. Hay incluso sitios que hacen ofertas para autónomos.
Busca por internet, también hay sitios de confianza para comprar ordenadores bien de precio.
Ok, gracias.
Si no me hace un recibo no lo puedo poner como gasto, ¿no?
¿Cómo sería el recibo tipo? Gracias.
Respuesta
Titulo:
Texto: Te ha de hacer un recibo, porque además debe darte garantía de funcionamiento.
El recibo debe decir más o menos :
Yo, fulano de tal, con dni...
Y domicilio... HE RECIBIDO de D..., CON DNI... Y domicilio...
La cantidad de...
En concepto de VENTA ORDENADOR MODELO...
Características...
En (ciudad) en fecha...
Aparte de esto puedes poner lo que quieras, pero menos de eso no.
No es la primera vez que cuando compras algo a un particular, cuando llegas a casa NO funciona o No te sirve para tu propósito.
Espero habert ayudado, por favor si no tienes más preguntas no olvides puntuar.
Respuesta
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En principio la norma que regula la obligación de expedir factura no contempla este supuesto, por lo que esta persona no puede emitir una factura.
Ahora bien, sí es cierto que vas a adquirir un ordenador para tu actividad, por lo que lo que sí puede emitir esta persona es un justificante de la operación.
Este justificante puede consistir en un contrato de compra venta del ordenador, simple, de una sola página en el que se identifique al vendedor (nombre y apellidos, DNI y dirección) y a ti como comprador (mismos datos).
En este contrato se especificaría que se vende un ordenador de tales características para tú actividad.
A este contrato habría que adjuntar un recibo firmado por el vendedor en el que se especifique que ha recibido el dinero por la operación.
Por supuesto, EN NINGÚN CASO LA OPERACIÓN LLEVARÁ IVA.

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