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hola experto:
intentaré resumir bastante para ponerte en antecedentes de mi duda:
mi marido y su socio montan una SLL sobre abril en jaen (nosotros somos de BCN), cuando van a empezar, el gestor les aconseja dejar aparcada la SLL sin iniciar actividad y que empiecen como autonomos.
En su dia nos explicó que les saldria mejor por modulos que por contabilidad (imagino que el irpf y el iva)
El 2 de junio se dan de alta como autonomos y como la cosa no va bien, se dan de baja el 31.07.05, y en esos 2 meses solo emiten una factura cada uno, pero SIN retenciones...
Nuestra duda es: ¿qué deben declarar el proximo dia 20 de octubre? El gestor que tenian no se nos pone al telefono para ayudarnos....quiere que vayamos y claro, son 800 km.
La duda que tengo es si ya está obligado a hacerlo por modulos (por haberlo dado de alta en hacienda) o puede hacerlo directamente por contabilidad (entiendo por contabilidad estimacion directa...es ¿ok?)
Es que no se si para tributar como autonomo te has de dar de alta en hacienda en una modalidad u otra, u obtienes esas obligaciones segun la primera declaracion que presentes???
espero tu respuesta y de antemano muchas gracias
PD: si necesitas mas aclaraciones no dudes en pedirmelas
Un saludo
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