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Hola erne30:
En principio, creo entender que los gastos a los que te refieres se producen en la constitución de la sociedad.
Si es así, lo que debes hacer es apuntar los gastos en las fechas en las que se produjeron realmentem, cumpliendo así con el "Principio de Registro".
Por el tema de las provisiones de fondos, deberás registrarlas como tal en la cuenta 407 cuando lo pagues, y una vez que te entreguen las facturas, deberás incluirlas dentro de la cuenta de gastos correspondiente.
Por último, debes tener en cuenta que los gastos iniciales de la sociedad deberás repartirlos en 4 años.
Espero haberte ayudado..
Kormak
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