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Para el margen de tiempo para poderte aplicar la exención por reinversión de vivienda habitual, debes tener en cuenta que:
-tanto la vivienda vendida como la que compres deben ser consideradas como tu vivienda habitual.
-La exención de la ganancia puede ser total o parcial.
- Entiendo que en tu caso la vivienda nueva todavía está en construcción, por lo que la Administración ha considerado aplicable la exención por reinversión si se reinvierte en una vivienda en construcción, siempre que el inicio de la inversión tenga lugar en el período de los 2 años, posteriores o anteriores a la transmisión y ésta finalice antes de los 4 años desde su inicio.
Espero haberte ayudado.
Saludos
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