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Hola!
tengo un duda, he leido bastante al respecto, pero no se especifica lo siguiente:
Tengo un contrato de trabajo de tipo:
TIEMPO COMPLETO, EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCION.En una de las clausulas pone que se establece un periodo de prueba maximo legal establecido.Segun mi contrato se celebra para atender a las exigencias circunstanciales....etc.
Dudas:
1- Aqui en la empresa hay 3 copias del contrato dando vueltas. Debo quedarme con alguna?
2- Comencé el dia 1 de mayo, pero pagan mal y no cumplen con las espectativas que pensaba, por lo tanto quiero dejarlo, he escrito una pequeña carta en la que advierto con 4 dias de antelacion que el dia 1 de Julio los dejaré, aunque me contrato acaba el 1 de agosto. El jefe ni siquiera ha leido la carta.. que consecuencias tiene?.
3- Los dejaré el dia 1, pero normalmente me hacen el ingreso el dia 4 de cada mes.Es una empresa pequeña y el ingreso lo ordenan desde aqui cada mes, puedo tener problemas, para cobrar.
En caso de tenerlos que puedo hacer?.
4- Debo de firmar algo si me lo proponen, algun finiquito, tener una copia del contrato o alguna cosa que pueda demostrar que he estado trabajando hasta el dia 1 de Julio.
Muchas gracias por tu atencion. Me salvará de mas de un disgusto. GRACIAS!
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