Prestación por el subsidio de desempleo, capitalizar el paro, alta de autónomo y dudas laborales

Te ruego me contestes a mis dudas si te es posible. Estoy percibiendo subsidio de desempleo desde hace 3 meses, tengo acumulados 20 meses de prestación. Me han ofrecido empleo como agente de seguros con contrato mercantil, primero existe periodo de prueba como subagente, mi duda es: ¿Debo coninuar percibiendo la prestación mientras inicio esa actividad? Y.. ¿Otra pregunta existe la posibilidad de capitalizar mi paro dándome de alta de autónomo para iniciar esa actividad para la empresa que me la solicita? ¿Cuál es la mejor opción para mi? ¿Estoy muy desorientada si pudieses ayudarme?

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La primera cuestión es fácil de resolver, la prestación por desempleo es INCOMPATIBLE con el trabajo por cuenta ajena o con el desarrollo de una actividad empresarial o profesional.
Por lo tanto, no puedes cobrar el paro y al mismo tiempo trabajar.
La capitalización de paro es posible pero para los autónomos funciona de la siguiente manera:
- Un pago único inicial de HASTA el 20% del importe pendiente de cobrar
- Pagos trimestrales previa presentación de los certificados de cotización a la Seguridad Social.
Esto significa que puedes optar por esta vía, pero si tu inversión inicial para el autoempleo es de menos del 20% de todo lo que te resta cobrar, te darán como mucho ese importe.
El resto lo podrás cobrar trimestralmente una vez presentes los justificantes de haber pagado autónomos.
Si quieres optar por esta ayuda debes acudir al INEM para pedir información.
Recuerda que son dos ayudas diferentes, el 20% por un lado y el abono trimestral por otro. Puedes pedir las dos, o sólo una, lo que prefieras.
RUEGO ME ACLARES, pero con un contrato mercantil, ¿también se considera que trabajas por cuenta ajena? Creía que no. Y luego, sino tengo que hacer ninguna inversión en el nuevo empleo, ¿entonces solo puedo conseguir que me costeen los autónomos? ¿Perdería todo el tiempo de paro que no he gastado? Perdón que insista pero me han quedado estas dudas
Un contrato mercantil NO es trabajo por cuenta ajena, sino propia, por tanto es una actividad profesional o empresarial que es INCOMPATIBLE con el cobro del desempleo.
Si no tienes que hacer ninguna inversión inicial, entonces sólo puedes pedir que te paguen los autónomos. Este pago te lo harían hasta recibir TODO el importe de prestación que te quede pendiente de cobrar.
No pierdes nada de paro porque seguirán pagándote los autónomos hasta que consumas lo que te hubiera correspondido cobrar (los 20 meses menos lo ya cobrado)
Un saludo, espero haber resuelto tu duda y no olvides puntuar la respuesta.

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