|
Bueno realmente no prescribe,la/s empresa/s a las que debes estaran siempre exigiendote el importe de la deuda por medio del factoring por ejemplo (esto es contratar a una 3º empresa que se encarga de remitirte cartas y llamarte por telefono para que pagues),tambien te meteran en la lista de morosos y desde ese momento te será imposible pedir creditos o hipotecas a tu nombre.El juez,al quebrar una empresa embarga los bienes de esa empresa y los presenta a concurso (ley concursal) para el pago de terceros(proveedores,trabajadores etc...) si no hay ningun bien y no hay cuentas,el administrador en este caso tu(y al ser autonomo,de responsabilidad ilimitada)podrá quedar embargado hasta el pago de la deuda.Te embargarian parte de tu sueldo o nomina si este sobrepasara los 900 euros,pero lo que te quitarian seria la diferencia de lo que cobras con los 900 euros,por ejemplo,cobras 1000 euros pues 1000-900=100 euros que tendrias que pagar.Yo creo que deberias de declararte insolvente.Habla con un abogado en persona,asi es muy dificil de verdad.Siento no haberte sido de mucha ayuda y pintartelo tan negro.Un saludo.Ni puntues.
|