Despido procedente o improcedente

Me gustaría saber si se considera despido procedente el hecho de que la empresa haya dado por finalizado un proyecto (que en realidad no se ha terminado) estando contratada de forma indefinida y en dicho contrato no se especifica que voy a realizar ese proyecto en concreto, si no que voy a estar al servicio de la empresa POR cuya actividad es la de ejecución de proyectos y servicios.
Me quieren indemnizar con 20 días por año(contrato indefinido desde el 1 de enero de 2012), ¿es correcto?

¿A qué organismo debería dirigirme para presentar mi disconformidad? ¿Existe algún plazo para realizar estos tramites?

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Te comento:

La empresa comete un fraude de ley claramente contigo puesto que si tu contrato con ellos es indefinido y no hay clausula alguna en el mismo que especifique condiciones de extinción de contrato, el que se acabe o no el proyecto es cosa que a ti no te afecta puesto que tu contrato no está ligado a un proyecto o servicio concreto. Es más para que la empresa pudiera hacer lo que pretende tu contrato debería de haber sido un contrato de obra y servicio ligado a un proyecto (una vez finalizado el proyecto o servicio se acaba el contrato) y no ha sido así.

No te hicieron el contrato correcto y ahora pretende salir del paso con extinción por causa objetiva a 20 días y encima según comentas el proyecto no se ha finalizado.

Si te despiden mediante extinción de contrato por causas objetivas a 20 días/año debes impugnar el despido en el Juzgado de lo social, para lo que tienes 20 días hábiles de producirse el mismo, para que el juez lo declare improcedente y puedas aumentar la indemnización de 20 días a 33 días por año. Pero para el despido no será posible pero aumentarás la indemnización.

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Con la frase "Pero para el despido no será posible" quería decir "Pero parar el despido no será posible".

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