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La respuesta ya la has recibido de otro compañero, (Gebasa), y que comparto.
Creo que el tema lo puedes tener un poco más claro, si tienes en cuenta que la Huelga es un Derecho que ejerces libremente y que se encuentra en lógica opuesta a los intereses de tu Empresario, por lo que este tiene el Derecho a descontarte todas las retribucioes del día o días de Huelga en que ejerzas tu Derecho y además las partes proporcionales de Vacaciones, y Pagas Extras por esos días. Incluida la antigüedad y además te ampliaré más, esos días de huelga deben hacer retrotraer tu antigüedad futura en esos días. Ten en cuenta que esos días eres baja en la Seguridad Social a todos los efectos empresariales y pasas a la situación de Alta Especial por Huelga. Es decir el empresario se desvincúla, legalmente, de la relación laboral.
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