Contrato de Trabajo de duración determinada

Quisiera saber si me están engañando o no, resulta que en setiembre se vence mi contrato el día 30 y mi jefe me ha dicho que me va finiquitar y que me tengo que ir a inscribirme en el paro y al día siguiente me vuelve a contratar, yo he empezado a trabajar el 02 de enero de este año y en a finales de Marzo me renovó el contrato, se supone que el el 30 de setiembre me tendría que hacer indefinido o despedirme, pero me ha dicho que ahora se puede hacer así, siempre y cuando no se supere 24 meses de trabajo en la misma empresa durante un periodo de 30 meses, me gustaría saber si es cierto.

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Respuesta
Es cierto. Se puede hacer. Es la forma de que no te hagan indefinido.
En un periodo de 30 meses no puedes estar de alta temporal en la misma empresa más de 24, ademas añadir que tiene que ser en la misma categoría y puesto de trabajo, aunque es arriesgado para el empresario simplemente cambiar la categoría. Si la inspección ve algo raro comunica a la seguridad social y te envían una carta donde te dicen que el trabajador es indefinido por sobrepasar el limite máximo de contratación temporal.
es lo que hay
Hola ana muchas gracias por ayudarme, he leído en mi convenio colectivo que dice que la duración máxima de un contrato eventual es de 12 meses en un periodo máximo de 18 meses, pero supongo que eso es cuando un contrato esta vigente, a mi si me liquida y me finiquita por vencimiento de contrato, me puede hacer otro contrato de tres meses y renovarme otros seis meses, y de ahí indefinido o al paro porque ya no podrá hacerme otro contrato, y por otro lado, ¿con un día de estar apuntado en el paro vale?. ESpero tu respuesta, muchísimas gracias.
La duración máxima del eventual si puede ser de 12 meses en un periodo de 18. Para hacerte otro eventual tienen que dejarte descansar 6 meses. Pero te van a hacer uno por obra o servicio determinado, que no tiene una fecha concreta para finalizar y así tirar hasta el momento en que te haga indefinido o no te renueve más pues no puede por lo de los 24 meses en periodo de 30.
Si te hace apuntarte al paro un día, no te quiero hacer falsas esperanzas, pero yo lo hago cuando posteriormente la empresa quiere hacer a alguien indefinido, ya que puedes obtener algún beneficio en bonificaciones o subvenciones por contratar indefinido, pero repito, no te quiero hacer falsas esperanzas ya que veo que el empresario lo tiene todo bien medido para de momento no hacerte indefinido.
Aunque como te digo, hay empresarios que te hacen apuntarte al paro por costumbre y por si pueden sacar un duro de tu contratación...
En fin, suerte
Ana
ENtonces, de lo que he comprendido, es que si yo tenia un contrato de 3 meses luego me renovaron a 6 meses y el 30 de este mes el contrato yegua a su vencimiento, mi jefe si me liquida y me finiquita el contrato como acabado, y me apunto al paro como demandante de empleo, al día siguiente mi jefe me podría hacer un nuevo contrato eventual solo de tres meses, porque más se pasaría de los 12 meses que dice el convenio y ya estaría en fraude de ley. O es que una vez rescindido el contrato me puede volver a hacer otro contrato eventual con más duración y luego renovarme otra vez. Persona la ignorancia si me he equivocado. Gracias.
Perdona la tardanza
El contrato eventual solo se puede prorrogar una vez. Si no has llegado a los 12 meses da igual, no te lo puede prorrogar una segunda vez. Te hará otro tipo de contrato temporal, una obra o servicio. Otro eventual se supone que no te lo puede hacer. En fin a ver que te ofrecen
Hola, he hablado con un compañero y ya me ha explicado lo que me va hacer, se lo ha hecho a el, resulta que un socio de la empresa que no trabaja en ella, que también es autónomo es al que usan para hacer el siguiente contrato, es decir, mi contrato se vence, me finiquitan como finalización del contrato y luego yo me apunto al paro y me hacen un contrato a nombre de ese autónomo socio de la empresa que es hermano del administrador, con ese nuevo contrato hago las mismas tareas que he estado haciendo antes, el mismo horario y en el mismo lugar. ¿Es fraude de ley?, porque aunque sea autónomo es socio de la empresa, y voy a trabajar en el mismo sitio con el mismo horario y misma jornada, pero contratando con otra persona. Espero me puedas aclarar esto.
Pues si es fraude de ley, evidente. Si está ligado a la empresa y luego te contrata como autónomo lo es.
Pero todas estas cosas pasan desapercibidas, así que a menos que le quieras denunciar... aceptas lo que hay o estarás así sucesivamente.
Es lo que hay, ya lo siento.
Osea que si es fraude de ley si le denuncio, porque es socio de la empresa aunque sea autónomo, mmm, osea que genial porque puedo firmar el contrato y luego demandarles, ¿no?
Pues si, es fraude
Para la demanda consulta a un experto abogado o bien acercate a un sindicato.
Ellos estarán más prácticos en procedimiento que yo
Suerte
Ana

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