¿Por qué pierdo las vacaciones? Urgente por favor.

Buenos días.
Quería que me aclarasen una duda que tengo y me guiasen en los pasos que tengo que dar.
He estado de baja durante un año.Me he incorporado cuando el inns me ha dado el alta.( Mi traumatólogo no).
Al llegar al trabajo he pedido mis vacaciones y me han dicho que que no me corresponden por varios motivos: ha sido una enfermedad común y no acc.de trabajo ni baja maternal.
Que las vacaciones estaban fijadas desde el 9 de septiembre y yo empecé la baja el 25(que yo sepa nadie me dijo nada de las vacaciones cuando estaba trabajando.Son rotativas así que siempre sabemos cuando nos tocan y yo no tuve oportunidad de hacer cambios. (Yo quise cambiarlas estando de baja y aplazarlas para hacer tiempo puesto que esperaba una prueba médica que me podría decir que podía trabajar pero me dijeron que estando de baja no se podía cambiar vacaciones).
Que ahora mismo hay una sentencia que se tiene que hacer firme para dar el derecho a las vacaciones, pero como aún no está legalizada me quedo sin vacaciones.
Mi sindicato de empresa me ha dicho que haga una carta solicitando las vacaciones para que quede por escrito que yo las pido y que espere a la negativa obvia que me volverán a dar y que después denuncie a la empresa para que cuando salga la sentencia me den las vacaciones.Eso de denunciar... No me gusta.No quiero enfrentarme a los jefes, pero tampoco quiero perder algo si me corresponde y ser la tonta de turno.
C.C.O.O. Me dice que tengo todo el derecho y que les escriba otra carta. Esta más violenta, donde en vez de pedir mis vacaciones debo de exigir que me las den y en el mes que yo crea conveniente y es más;si no me contestan me las cojo yo directamente y mejor en diciembre como dice c.c.o.o. No vaya a ser que me pongan el impedimento de que se acabó el año.Lo malo es que para mi empresa Diciembre es crítico para que me las coja.
¿Qué hago? Tengo que presentar la carta que el abogado de mi sindicato de empresa me ha redactado, pero por otro lado tengo a c.c.o.o. Esperando a que lo haga como ellos dicen porque me dicen que se están aprovechando de mi.
Necesito orientación. ¿Por qué en la empresa de mi marido no pierden las vacaciones por baja de it? ¿, no somos todos los trabajadores iguales? ¿Y por que si es por maternidad o lactancia no las pierdes? ¿Yo no me he ido de vacaciones por estar dolorida y mi vecina si se ha ido a la playa con su bebe de un mes! .Estando de baja no te puedes ir de vacaciones porque estas de baja por enfermedad SI ESTAS MALA PARA TRABAJAR ESTAS MALA PARA LAS VACACIONES pero cuando te curas y empiezas a trabajar tampoco tienes derecho a irte de vacaciones porque las ya las perdiste!NO ES JUSTO
Muchísimas gracias.

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Vamos a ver, la legislación actual, y es la que te vale, porque normalmente estos cambios de legislación NO son retroactivos, dice que si te pones malo ANTES de tus vacaciones, estas quedan canceladas y por tanto quedan pendientes, DENTRO DEL AÑO EN CURSO.
Si DURANTE el disfrute de tus vacaciones te pones malo, LAS PIERDES. La ley es así, se supone que luego la empresa puede tener la buena voluntad de guardarlas... pero no tiene por qué. En la empresa de tu marido puede ser algo concreto de su convenio o mejora de empresa.
Tu empresa tiene razón, lo siento, según legislación actual LAS PIERDES si ya las tenías previstas TODAS y te pusiste mala durante las mismas.
Yo las solicitaría de buena fe, pero cuidado con C.C.O.O., mi experiencia es que te dicen cuales son tus derechos y no los de la empresa, y te vas a poner a malas con la empresa por algo que ellos tienen razón (podrían dejarte unos días la verdad pero eso ya va con lo flexible que sean) pero derecho no tienes. Si te vas a poner reivindicativa ponte por un motivo que de verdad tengas razón... porque si no yo creo que no merece la pena. No eres la tonta de turno... la ley lo dice así y has tenido mala suerte.
La ley dice eso porque podría ocurrir que si se guardan alguien acumule hasta más de 40 días en un año! Y eso en determinadas empresas es difícil de gestionar... ten en cuenta que suele haber más de un empleado... ¿pero en fin eso es problema de la empresa si la legislación se aprueba?
¿Qué las guarden en maternidad y lactancia? Estos casos son especiales para todo, están protegidos más que ninguna situación... a veces por comparación puede ser algo injusto pero ten en cuenta que existe para evitar abusos contra la mujer. No es el mismo caSO que el tuyo.
Mi consejo es que de BUENA FE solicites a RRHH que te dejen unos días de los que no disfrutaste por estar enfermo... pero no sé ¿te merece la pena cartas, meter sindicatos etc... por unos días cuándo realmente la legislación no está de tu lado?
Creo que hay que elegir las batallas... solo es mala suerte...
Un saludo y de verdad cuidado con los sindicatos, escucha al que te da toda la informacfión y no te recomienda que te metas a saco o denuncies a tu empresa así a la primera de cambio porque a ese no le interesa tu necesidad de trabajar sinceramente. Un buen asesor te da TODA la información y en este caso no te la han dado.
Perdoname, no sé si me expliqué bien.Al principio de tu contestación me pones:si te pones malo antes de tus vacaciones, estas quedan canceladas y pendientes dentro del año en curso.
Yo empecé la baja el 25 de septiembre del 2009. Las vacaciones que tenía en el 2010 eran del 10 al 30 de septiembre (aún estaba de baja) y las de invierno del 7 de febrero al 16 de febrero del 2010 que igualmente estaba de baja.Y ya he vuelto al trabajo en noviembre, y es cuando me han dicho que no me corresponde las vacaciones perdidas de este año 2010 por no haber sido baja por accidente laboral, ni maternal ni lactancia.Y que la sentencia que hay ahora mismo que sí reconoce el derecho de las vacaciones a las personas que causen baja por enfermedad común aún está pendiente de ser firme.
Entonces estoy confundida porque si la buscas por internet:
Sentencia de T. Supremo: VACACIONES ANUALES RETRIBUIDAS en IT. Derecho a disfrutarlas en periodo posterior al establecido en el calendario laboral
Mié, 03/02/2010 - 01:19 - FRomero
Una sentencia de la Sala de lo Social del Alto Tribunal en la que se declara el derecho a disfrutar del período de vacaciones, impedido por la situación de incapacidad temporal con anterioridad al inicio de aquel, aún después de finalizar el año natural.
Esta sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, de fecha 24 de junio de 2009, basándose en la normativa europea (Convenio 132 de la OIT, sobre Directiva 2003/88) y amparándose en varias sentencias emitidas por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, ha declarado el derecho a disfrutar las vacaciones, aún después de finalizar el año natural, por encontrarse en situación de incapacidad temporal.
Esta viene como "anillo al dedo", pues la norma que regula las vacaciones en el Servicio Andaluz de Salud, recogida en la Resolución 2851/2007, de 3 de octubre, sólo permite la posibilidad de disfrutar las vacaciones en el año natural siguiente en las situaciones de embarazo, parto o lactancia natural, o con el permiso de maternidad, paternidad o con su ampliación por lactancia. En cambio, para las situaciones de incapacidad temporal sobrevenida con anterioridad al comienzo de las vacaciones, el trabajador o trabajadora tiene derecho a solicitar un nuevo período, quedando éstas aplazadas hasta que se produzca el alta y como fecha límite de disfrute el 31 de diciembre del año en curso, pasando esta fecha, pierde o se le deniega el derecho.
La sentencia es del 24 de Junio del pasado año y hasta que no la ha publicado El Consejo del Poder Judicial en su Base de Jurisprudencia, era desconocida para la mayoría de las asesorías jurídicas de los sindicatos.
He AQUÍ el documento: Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 24 de Junio de 2009.
Parece que tengo todo el derecho del mundo ¿o no? Pero mi jefe dice que aún no es firme y hay que esperar.Ya, pero mientras espero a no se qué, se me acaba el año y no sé si conviene.Por otro lado ¿esto también vale para Madrid? Es que he leído Andalucía y en otro sitio no pone nada de ninguna comunidad y no sé si es válido para toda España o no:
¿Qué te parece? ¿Qué me aconsejas ahora? Muchas gracias.
Ok, vale las fechas son importantes!
Técnicamente sí tendrías derecho a que te las guarden, PERO! Y es un PERO muy lícito por lo que veo TENÉIS pactados los períodos por adelantado, supongo que tendréis comité de empresa y se han pactado así o el propio convenio define los períodos de disfrute... esto va en tu contra.
Lo que me pones es jurisprudencia es TOTALMENTE válido a nivel nacional sentencias de otras provincias en materia laboral... PERO esto solo se gana o vale en caso de denuncia...
Con el Estatuto en la mano, tendrías derecho a PEDIRLAS, pero ojo, como te decía antes la empresa tiene derechos... y estos son que si tu petición va en contra de la productividad, pactos con el comité etc... PUEDE denegarlas... ¿quién gana? Pues la empresa hasta que dijera otra cosa un juez.
Mi consejo, es, solicitalas "tranquilamente" por escrito, por que tu baja es anterior al disfrute de las mismas por lo que según legislación vigente tendrías derecho a disfrutarlas en otro período, que al estar cercano el final de año que solicitas lo antes posible la información sobre tu nuevo período de disfrute... si tienes comité dales copia. A ver qué te contestan por escrito... si no lo hicieran tienes todo el derecho de poner una denuncia en el juzgado de lo social, si encima no contestan casi seguro podrías ganar (ojo, si no contestan si no... tendría que saber más detalles para saber tus posibilidades)... PERO MI PREGUNTA ES ¿Te merece la pena después de un año de baja denunciar a la empresa por vacaciones? No digo que no lo intentes, tampoco que te dejes tomar el pelo... pero mira cómo están las cosas, el trabajo y no tiene pinta de mejorar, ¿te interesa tener el san benito de denunciar? Como te dije antes, creo que hay que elegir las batallas, pide las vacaciones, que sepan que tú sabes que eso no está bien del todo... pero no sé... si tienes comité preguntales si alguna vez ha pasado algo similar... y que si alguien tiene que presionar sean ellos que para algo están... pero yo sinceramente NO hacía más... poca ganancia para todo lo que puedes perder...
Ehhhhhh! Ya andaba por internet buscando más información. Creo haber entendido, después de lo que he encontrado por estos sitios es:básicamente lo que me dijo el jefe: hay una sentencia de un señor piloto al que el tribunal le dio la razón y la empresa le tubo que dar sus vacaciones. Pero esa sentencia no es firme osease, que novale a todo el mundo de momento y es lo que me dijo mi jefe entre lineas; que las puedo pedir pero me las denegaran porque de momento no es firme y les tendré que denunciar para que el tribunal me de la razón. Creo entender eso ¿no? Y claro, como bien me dices es una put... denunciar a quien te da de comer. ¿Sabes qué te digo? Que he sido una idiota y que me tenía que haber ido a la playa y haber dicho a una vecina que me recogiera los partes del médico y me los llevara a la empresa.Así no me hubiera quedado sin playa ni mi familia ni yo, aunque hubiera disfrutado dolorida mis vacaciones por lo menos hubiera mojado esta mierda de espalda que me ha tocado tener en mi querido mar.
Haré lo que el abogado del sindicato de mi trabajo me ha dicho que haga, pedir sin exigir y esperar, pero no lo que me dice c.c.o.o. que lo veo más, más, no sé más peligroso en mi situación. ¿Cómo lo ves? ¿Ya después de que me conteste a esto cierro y puntúo no crees?
Un saludo muy grande y muchísimas gracias.
Muchísimas gracias por tu interés.mE HA PARECIDO FANTÁSTICA TU manera de atenderme.Has estado rápido y muy atento y lo que más me ha gustado es que además de preocuparte por el tema en sí, me diste consejo personal preocupándote de mi y lo que me pueda pasar en un futuro. Muchísimas gracias. Personas como tú son las que faltan en este mundo.Un gran saludo.

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