Categ. Profes. ¿Aux.admin.siendo arquit.técnico?

Trabajo desde hace 3 años en una empresa constructora, y en mi nómina aparece auxiliar administrativa, cuando yo tengo el titulo de arquitecto técnico. Desde que entré formo parte del departamento de estudios y presupuestos de obras, realizando algún trabajo puntual de delineación, visitas a obras, etc. Dado que para este puesto creo imprescindible poseer la titulación, no entiendo porqué me consta esa categoría profesional en mi nómina y contrato. Supongo que a la empresa le sale más barato pagarme, claro. ¿Tiene alguna repercusión en cuanto a bases de cotización, experiencia laboral, etc? ¿Podría exigir el cambio de categoría? Actualmente tienen pensado despedirme cuando termine mi baja maternal, así que como se considera despido nulo al haber solicitado reducción de jornada, a lo mejor tengo que demandar a la empresa para la readmisión. ¿Podría alegar lo de la categoría profesional también para que me pagaran la diferencia de sueldo de estos años? Muchísimas gracias de antemano, he consultado infinidad de veces vuestra web y me ha aclarado muchísimas dudas, pero nunca había realizado ninguna consulta, hasta el otro día. Esta es la segunda, a ver si tengo suerte y recibo contestación rápida en la medida de lo posible.

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Veamos a la empresa le sale indudablemente más barato pagarte como auxiliar administrativa que pagarte como arquitecto técnico, por lo que me imagino que irán por ahí los tiros. Eso sí confirma que en tu nómina se te pague o no como administrativa, puede estar complementado y que estés cobrando por encima de convenio.
En cuanto a las bases de cotización no influye de forma directa pero si de forma indirecta, me explico, para las cotizaciones no se tiene en cuanta la categoría sino el salario, pero para el salario sí se tiene en cuenta la categoría.
Siguiente duda, sí puedes exigir el cambio. Si estás ejerciendo de tal y tienes la titulación correspondiente que además según dices es indispensable para tu trabajo diario estas en tu derecho especialmente porque si te van a despedir necesitarás poder demostrar que has trabajado como arquitecta y no como administrativa.
Y ya por último, la reclamación de diferencias salariales la puedes hacer, eso sí, solo del último año desde que presentes la demanda.
Creo que he respondido a todo pero si necesitas cualquier aclaración ya sabes.
La verdad es que sí que has respondido a todo y muy concisa y clara. Lo que hay algo que no entiendo, la reclamación de diferencias serían las correspondientes a un año completo o a la parte proporcional del año en que curse la demanda. Lo de que necesitaré demostrar que trabajém como arq.técn, supongo que lo dices en cuanto a la búsqueda de otros trabajos, ¿o es por algo legal? Y sí, tal y como dices, creo que hay suplementos en mi nómina que hacen que cobre más que lo estipula el convenio, por lo que deduzco que tendría derecho a pedir el cambio de categoría pero entonces, ¿podrían bajarme el sueldo? O aun peor, ¿pedirme los suplementos que me han estado dando estos años? Por último, tu frase "para el salario sí se tiene en cuenta la categoría" no me afecta si con los suplementos cobro más, ¿no? Lo siento, se que son muchas preguntas, pero es la primera vez que me encuentro en un caso así, no quisiera llegar a malas con la empresa, que siempre se ha portado bien conmigo, pero no quiero salir perdiendo y regalarles nada, claro, que a mi me están haciendo una faena despidiéndome. Ya veo que estás informadísima en estos temas, te agradezco mucho tus respuestas, muchas gracias.
A ver si respondo a todo.
Con lo de demostrá tu categroía me refería, efectivamente a la hora de buscar empleo, no a nada legal.
Después las diferencias, puedes reclamar un año natural, es decir, si presentas la demanda el día 4 de abril de 2010 puedes reclamar un año atrás desde esa fecha, es decir, hasta el 5 de abril del 2009.
Siguiente duda, si cobras de más, no te lo pueden quitar salvo que sean complementos muy específicos y que estén asociados a alguna tarea que no hagas (dietas, idiomas, kilometraje...) Si tras el cambio de categoría sigues cobrando por encima de convenio, en principio no tendría porqué cambiar.
Y ya por ultimo si cobras lo que deberías entonces cotizas lo que deberías, solo si cobras menos cotizas menos.
Has sido rapidísima y me lo has aclarado todo. Estoy encantada, espero poder seguir comentando la evolución de mi caso contigo, no se si se debe hacer una nueva pregunta o se puede retomar este hilo. Muchísimas gracias, no sabes el favor que me haces.

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