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Eso es lo que me temo. En mi contrato en la claúsula OCTAVA indica: En lo previsto en este contrato se estará a la legislación vigente que resulte de la aplicación y, particularmente, a lo dispuesto en el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, y en espedial al art. 12 según la redacción dada por el R.D 15/98, modificado por el articulo primero de la Ley 12/2001, de 9 de Julio (BOE de 10 de Julio) y en el Convenio Colectivo de Legislación Vigente.
Me dice mi empresa que en España las empresas no están obligadas a regirse por un convenio, por lo que se rige por la Ley Laboral.
Gracias por tus comentarios.
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