Excedencia por cuidado de un hijo

Para la excedencia especial para el cuidado de un hijo es de 3 años, pero no me queda nada claro cuanto es el mínimo. ¿Podría solicitarlo por 2 meses? O por 3?
Muchas gracias

1 respuesta

Respuesta
1
El periodo mínimo de excedencia voluntaria son 4 meses.
Es que en el estatuto de los trabajadores ni en mi convenio pone nada de tiempo mínimo para el cuidado de un hijo solo que se debe avistar con 15 días de antelación la incorpracion.
Artículo 46. Excedencias. Estatuto de los trabajadores
2. El trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia.
Disculpa. Lapsus, ahora he visto que era para cuidado de hijo.
Entonces aplica
Artículo 46. Excedencias.
3. También tendrán derecho a un período de excedencia, de duración no superior a dos años, salvo que se establezca una duración mayor por negociación colectiva, los trabajadores para atender al cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida.
Como no está establecido nada sobre la duración mínima significa que la empresa no puede oponerse ya que no hay ningún mínimo, puede ser incluso de unos días

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas