Reducción dejornada

Buenos días, llevo desde el 2005 con reducción por hijo menor. A mediados del año pasado cambie el tiempo reducido de 5 horas y media a 5 horas. Hasta ese cambio me pagaban el 100% de la antigüedad, pero sólo el porcentaje correspondiente a las horas reducidas en la ayuda de comida. Tras el cambio me pagan sólo la parte correspondiente al tiempo trabajado de la antigüedad y la ayuda de comida. Yo pensaba que era lo justo ya que había leído que el sueldo se reduce en todos los conceptos. ¿Es correcto?
Desde Octubre estoy de baja por problemas óseos con posible operación cirugica. Este año creo que solamente me han subido la parte proporcional del trieño que me corresponde, pero ni la subida del 1,4%, ni tampoco me han pagado la paga de beneficios. De todos modos por lo que me comentan mis compañeros esta subida no es consolidada aún.
Se están avecinando cambios por fusión de la empresa y temo que me puedan despedir, llevo 20 años en la empresa.

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Comentarte, primero que es un tema complicado, depende de tu convenio colectivo, de tu categoría y además son 20 años. No es lo mismo que asesorar un simple despido. Te juegas mucho dinero, por lo que te recomiendo que contactes con un abogado. Seguro que sales ganando. Yo tengo buenas referencias de este, y no tengo nada que ver con ellos. Es lo mi opinión en este caso, que veo complicado y que por tu antigüedad te juegas tanto.
De todas formas, comentarte que lo que has leído es correcto, al menos en mi forma de interpretar las leyes
BAGM Abogados
Fuente: www.agmabogados.com
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Gracias por tu pronta contestación. He leído hace poco en un bloq de un compañero tuyo de esta web, que la antigüedad, ayuda de transporte, etc. no se deben reducir en la jornada reducida por cuidado de hijo menor.
También sé que estoy bastante protegida con la reducción, además no falto nunca a las revisiones de la mutua de la empresa y además estoy utilizando los médicos de adeslas que también me paga la empresa, aparte de todo lo que me estoy gastando en fisioterapeutas u osteopatas.
De momento no me han dicho nada, pero conozco casos de compañeros que tras una baja larga y presentarse en la empresa, le han negado la entrada en un principio y luego les han obligado a coger vacaciones, antes de incorporarse definitivamente.
En mi caso el despido seria nulo, ¿no?
Pues depende que tipo de despido te den, improcedente lo podrías impugnar como nulo y objetivo sino está demostrado también. Ten en cuenta que estás muy protegida con las legislación actual.

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