EL contrato de fin de obra, como te comentaba, se rige por unas reglas que no son las de la contratacion habitual. Por ello la indemnizacion se fija en los porcentajes que te indicaba anteriormente.
Que reconozcan en contrato que la indemnizacion es de 8 dias por año es ilegal, a priori, puesto que la legislacion de este contrato especifica que sera el 4,5 %. En tu caso llevas 3,25 años ( 3 años y 3 meses) y la indemnzacion seria de 26 dias trabajados. Esos dias suponen casi un 7% del año por lo que te indeminizan mediante esa clausula mejor de lo que por el tipo de contrato te corresponde (4,5%)
Hay una segunda cuestion: el contrato por fin de obra no es un contrato fijo sino temporal puesto que tiene un final previsto y por tanto tampoco queda sujeto a los dias de indemnizacion de los contratos fijos. De hecho por eso se indemniza con los 8 dias en vez de los 20 o 45 del fijo. De ahi que, dado que la obra sigue, tratases de negociar alguna indemnizacion adicional aparte de los 8 dias que ya de por si te correspondian por contrato.
Un saludo
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