Inicio > Recursos Humanos > agarfer > Cambio horario

Cambio horario

Experto:
Usuario:
Fecha: 11/05/2008
Valoración: (4,00 sobre 5) Categoría: Recursos Humanos
05/05/2008
cesarcesar19, usuario preguntando en Recursos Humanos
Usuario
Buenos dias,
Mi empresa se dedica al mantenimiento de las redes de los clientes.
Llevo 3 años en mi empresa trabajando de lunes a viernes de 9 a 18 horas.Aparte de este horario de vez en cuando tengo que trabajar por la noche y fines de semana y hacer horas extras por algunas incidencias con los clientes.
 
La cuestion es que me quieren cambiar este horario el cual se refleja en el contrato, por otro que seria de 8 a 20 haciendo turnos por semanas.una semana entraria a las 8 y saldria antes y otra semana entraria a las 11 o 12 y saldria a las 20 horas.
Estan haciendo cambios en mi empresa y este horario quieren que lo hagan un pequeño grupo determinado de la empresa y no toda la empresa.Osea unas 20 personas de 200 que somos para poder dar servicio a los clientes con mayor covertura de horario.
Queria saber si estoy obligado a hacer este nuevo horario a pesar de que en mi contrato pone de 9 a 18 horas y que solo lo va hacer un pequeño grupo de la empresa.
Creo que si me negara, me despidirian por lo que tambien me gustaría saber mis derechos en tal caso.
Un saludo y muchas gracias
05/05/2008
cesarcesar19, experto respondiendo en Recursos Humanos
Experto
Buenos días, cambiarte la jornada o turno de trabajo requiere de un procedimiento llamado MODIFICACION SUSTANCIAL DE CONDICIONES DE TRABAJO, el cual consiste en que la Empresa ha de notificarte por escrito y con una ANTELACION de 30 días su intención de cambiarte la jornada y los motivos. Durante ese tiempo tienes derecho a decir que no estás de acuerdo. Si llegada la fecha no dices nada, se te cambiará la jornada. Si no estuvieras de acuerdo puede producirse un despido por causas objetivas (indemnización de 20 días de salario por año trabajado).
Tu tendrías que intentar, si no estas de acuerdo con el cambio, que se tratara de un despido disciplinario cuya indemnización es de 45 días por año de trabajo)
En todo caso, la Empresa tiene potestad para cambairte la jornada siempre que cumpla el procedimiento que te he contado. En caso de no cumplirlo puedes denunciarlo ante la Inspeccion de trabajo y lo ganas seguro. Es decir, de la noche a la mañana no pueden hacer ese cambio.
espero haberte ayudado
Saludos
09/05/2008
cesarcesar19, experto respondiendo en Recursos Humanos
Experto
Buenos días, te agradecería valoraras y cerraras pregunta para poder atender a más usuarios
Saludos
11/05/2008
cesarcesar19, usuario preguntando en Recursos Humanos
Usuario
muchas gracias.
 
No sabia q tenia q cerrar la pregunta
Enlaces patrocinados