|
Hola que tal?
Tengo una duda, creo que sencilla que espero me puedas resolver.
En mi trabajo, vamos a reunirnos los compañeros con el jufe para proponerle, pedirle exigirle ciertas mejoras, tanto a nivel de desarrollo del trabajo, como de medios, como mejoras contractuales y salariales. (lograremos poco...)
No se mucho de leyes, estatutos, convenios, etc.
He leido el convenio por el cual nos regimos y dice que se revisaran los salarios anualmente en relacion al IPC.
Si esa subida no se ha llevado a cabo.... es legal? O por ley deben subirlo?
Y la segunda cuestion, algo mas... particular.:
Tanto entre semana, como fines de semana, tenemos un turno de "guardia". es decir, doce horas disponible, a menos de una hora del puesto de trabajo. Si es necesario, nos llaman y vamos a trabajar. Por cada doce horas de guardia nos dan un dia libre, hayamos tenido que ir a trabajar en la guardia o no.
En cuanto a la retribucion por esas guardias.... tenemos un concepto en nomina llamado "reten" que es fijo todos los meses, hagamos las guardias que hagamos.
Solamente si en una guardia trabajamos mas de 8 horas, lo que excede de esas 8 horas lo cobramos en horas extras. Nosotros creemos que el concepto fijo en la nomina es por estar disponible las 12 horas (cuando marque el cuadrante), pero que en caso de tener que ir en una guardia, cobrasemos desde el primer minuto. La empresa se ampara en que al darnos un dia libre vayamos a currar o no, eso compensa que debamos trabajar 8 horas antes de cobrar extras.
Creo que es lioso, pero espero me hayas entendido.... quien esta en lo cierto, nosotros? la empresa? ninguno? los dos?
Si no te quita mucho tiempo... te rogaria me contestaras lo antes posible.
Gracias de antemano.
|