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BAJA MATERNAL disminuye por baja laboral anterior?

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Usuario:
Fecha: 01/02/2007
Valoración: (5,00 sobre 5) Categoría: Derecho Laboral
30/01/2007
buenjuego, usuario preguntando en Derecho Laboral
Usuario
Buenos días,
En mi último mes de embarazo he estado varios días de baja por lumbociática y resulta que lo que voy a cobrar de nómina va a reducirse por no trabajar esos días.

Por tanto, la base de cotización a la Seg. Social también ha disminuido y como supongo que esa base es la que mi empresa debe presentar a la Tesorería de la Seg. Social como mi último mes de cotización ¿sabeis si cobraré los 4 meses de baja maternal con arreglo a esa base (en la que se ha descontado los días de baja por enfermedad)?

Gracias de antemano por tu ayuda.
30/01/2007
buenjuego, experto respondiendo en Derecho Laboral
Experto
Para el calculo se tiene en cuenta la base de cotización del mes anterior, pero la base de cotización no tiene porque disminuir.

Mira en tu nómina lo que han cotizado y en función de eso te pagarán.
31/01/2007
buenjuego, usuario preguntando en Derecho Laboral
Usuario
Es que mi base de cotización sí ha disminuído en la última nómina, a raiz de la IT, aunque me comentas que no tiene por qué ¿crees que puedo reclamar?
Gracias!!
31/01/2007
buenjuego, experto respondiendo en Derecho Laboral
Experto
Debes mirar el mes anterior a la de la baja por maternidad, tu puedes adelantar esa baja dias antes del nacimiento, de tal manera que si has estado de baja en enero varios días, pero en diciembre no y la fecha prevista de nacimiento es a primeros de febrero, puedes solicitar que a 31 de enero te den la baja de maternidad y por tanto se calcula con el mes de diciembre.
te adjunto la norma al respecto:


La prestación consiste en un subsidio cuya cuantía está en función de la base reguladora y del porcentaje aplicable a la misma.

* Base reguladora:
o La base reguladora es el resultado de dividir el importe de la base de cotización del trabajador en el mes anterior al de la fecha de baja por el número de días a que dicha cotización se refiere. (Este divisor será concretamente: 30, si el trabajador tiene salario mensual; 30, 31, 28 ó 29 si tiene salario diario).
o No obstante, si el trabajador ingresa en la empresa en el mismo mes en que se produce la baja, se tomará para la base reguladora la base de cotización de dicho mes, dividida por los días efectivamente cotizados. También, se tomará como divisor los días efectivamente cotizados, cuando el trabajador no ha permanecido en alta durante todo el mes natural anterior.
01/02/2007
buenjuego, usuario preguntando en Derecho Laboral
Usuario
Excelente. Una fantástica solución.
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